Boletines/Saavedra
Decreto Nº 1050/2025
Saavedra, 05/08/2025
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 81008/2014.-
Visto
La Resolución N° 278/2013 por el cual el ex Ministerio de Industria otorga a la Municipalidad de Saavedra un Aporte no Reintegrable de $600.000 (Pesos seiscientos mil) para la construcción de calles internas (cordón cuneta), cerco perimetral, cloacas, red interna de electricidad (iluminación pública en el acceso doble y simple) y garita de acceso en el Sector Industrial Planificado de Pigüé, y
Considerando
Que, según informe técnico rectificatorio el Municipio no ha cumplimentado con la totalidad de las obras proyectadas en los rubros de Cerco Perimetral y Red Cloacal.
Que para tenerse por aprobado el Informe Final de Obra y Cuentas el Municipio deberá acreditar el reintegro al Estado Nacional de la suma de $111.462,19 (Pesos Ciento Once Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos con Diecinueve Centavos), conforme lo dispuesto por la DI-2025-64-APN-SSPI#MEC de la Subsecretaría de Política Industrial del Ministerio de Economía Nacional.
Que es necesario autorizar a la Contaduría Municipal a realizar las gestiones pertinentes para el reintegro de los fondos mencionados;
Que, conforme lo informado se establece un plazo de veinte (20) días hábiles administrativos para presentar los comprobantes de pago ante la Dirección de Desarrollo Regional de la Subsecretaría de Política Industrial de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía;
POR ELLO, el Intendente Municipal en uso de sus facultades:
D E C R E T A
Art. 1º Autorízase a la Contaduría Municipal a proceder al reintegro de $111.462,19 (Pesos Ciento Once Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos con Diecinueve Centavos) conforme lo dispuesto por la DI-2025-64-APN-SSPI#MEC de la Subsecretaría de Política Industrial del Ministerio de Economía Nacional.
Art. 2º El reintegro deberá efectuarse a través del Sistema de Recaudación de la Administración Pública Nacional (eRecauda) ingresando al link https://eRecauda. Mecon.gov.ar.
Art. 3º Comuníquese, tómese nota por Contaduría, Tesorería, Dirección de Desarrollo Económico, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 1050/2025.