Boletines/Mercedes
Ordenanza Nº 9653/2025
Mercedes, 10/09/2025
Ref. a Exp. Nº 58158/2025-DE.-
De mi mayor consideración
Tengo el agrado de dirigirme al Señor
Intendente Municipal, con el objeto de llevar a su conocimiento que
este Honorable Concejo Deliberante en la sesión ordinaria de día
08/09/2025, sobre tablas y por unanimidad sanciono la siguiente:
ORDENANZA Nº9653/25
ORDENANZA
Artículo 1º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo a celebrar con
Provincia Leasing S.A. operaciones de leasing bajo la
forma de contratación directa de conformidad con lo
establecido por el Art. 156 inc. 2 de la Ley Orgánica de
las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°.- La operación de Leasing que se autoriza a contraer, que
se solventará con fondos propios, estará sujeta a las
siguientes condiciones financieras: Destino: Adquisición
de dos (2) Chasis Camión con caja compactadora, uno (1)
camión con caja volcadora y acoplado bivuelco.
Tipo de operación: Leasing financiero.
Periodicidad de los cánones: Mensual.
Plazo: 36 meses.
Monto: hasta 880.000.000,00 (ochocientos ochenta
millones de pesos) IVA incluido. Dicho monto prevé un
margen del 18,86% respecto del valor de los bienes en
pesos calculados con la cotización del dólar billete al tipo
de cambio vendedor BNA al 19/08/2025 con el propósito
de concretar la operación ante la posibilidad de
variaciones en los precios de los mismos.
Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de
los servicios de su cuenta corriente.
Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia
Leasing S.A. los recursos municipales que le
corresponden por el Régimen de Coparticipación
Municipal de Impuestos (ley 10559 y modificatorias) o
por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su
acreditación en cuenta corriente. Consecuentemente La
Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva,
condición o facultad que le permitiere rescindir
unilateralmente los convenios de recaudación aludidos,
mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes
de cumplimiento ante Provincia Leasing S.A. por el/los
contrato/s de leasing que se suscriba/n entre las partes.
Artículo 3°.- La obligación de pago que asume la Municipalidad será
garantizada mediante la autorización del débito de los
servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en
caso de insuficiencia de fondos, autorizará
irrevocablemente a Provincia Leasing S.A. a cancelar
estos con los fondos provenientes del régimen de
coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace,
aun antes de su acreditación en cuenta corriente. Luego
de que se efectivicen las retenciones previstas por ley,
se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las
sumas necesarias para cubrir el pago de las
amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se
origine con motivo de cubrir el presente leasing. –
Artículo 4°.- El Departamento Ejecutivo preverá en los
instrumentos presupuestarios, vigentes y futuros, los
rubros y partidas necesarios para dar ingreso a los
recursos referido y egreso de los fondos para atender los
servicios de la deuda hasta su total cancelación.-
Artículo 5°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir los
convenios, contratos y demás documentación que
resulten necesarios a fin de posibilitar la concreción de
la presente operación en los términos que acuerden las
partes. -
Artículo 6°.-Comuníquese, regístrese, dese al Digesto general,
cumplido archívese.-