Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 1551
Chivilcoy, 19/09/2018
Tarifa Basica Diferencial
Visto
los requisitos estipulados en las Ordenanzas 8571/2016 y modificatoria 8945/2017, y
Considerando
las presentaciones efectuadas por los contribuyentes, la documentación acompañada en cada caso, y que se encuentran dadas las condiciones habilitantes del beneficio.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Gozará de la Tarifa Básica Diferencial (Ordenanza Municipal N° 8571/16 (Art 5 Inc. A II) por la Tasa de Servicios Públicos correspondiente al año 2018 la partida mencionada a continuación;
PARTIDA |
SOLICITANTE |
EXPEDIENTE |
16.175 |
MAYO JORGE |
4031-194120/18 |
Artículo 2 º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.-