Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 1408
Chivilcoy, 27/08/2018
Tarifa Basica
Visto
los requisitos estipulados en las Ordenanzas 8571/2016 y modificatoria 8945/2017, y
Considerando
las presentaciones efectuadas por los contribuyentes, la documentación acompañada en cada caso, y que se encuentran dadas las condiciones habilitantes del beneficio.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Gozarán de la Tarifa Básica Diferencial (Ordenanza Municipal N° 8571 Inc. A II) por la Tasa de Servicios Públicos correspondiente al año 2018 las partidas mencionadas a continuación;
PARTIDA |
SOLICITANTE |
EXPEDIENTE |
14576 |
Guerra Eduardo Oscar |
4031-192096 |
6785 |
Giallorenzi Angélica Inés |
4031-190271 |
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.-