Boletines/Pergamino
Decreto Nº 3002-2025
Publicado en versión extractada
Pergamino, 06/10/2025
Municipalidad de Pergamino
2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina
Decreto
Número: DECTO-2025-3002-E-PER-INT
Pergamino, Lunes 6 de Octubre de 2025.-
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA Nº 29-2025 (Sistema de detección electrónica de infracciones de tránsito) - EXPEDIENTE: N-346-2025
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 29-2025 EXPEDIENTE: N-346-2025
Visto, las actuaciones promovidas, con respecto al llamado a LICITACIÓN PÚBLICA Nº 29-2025, para la contratación e implementación de un sistema de detección electrónica de infracciones de tránsito, en el ejido urbano de la ciudad, los pueblos de campaña, y zonas rurales dentro del partido de Pergamino (FOTOMULTAS), conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 10105/25; y,
CONSIDERANDO:
Que la cuestión del ordenamiento del tránsito local en la provincia de Buenos Aires, está regulada en la Ley Orgánica de las Municipalidades (Dec. Ley 6769/58), estableciéndose, en el artículo 27, que "corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar: 18. - El tránsito de personas y de vehículos públicos y privados en las calles y caminos de jurisdicción municipal, atendiendo en especial a los conceptos de educación, prevención, ordenamiento y seguridad, así como en particular, lo relativo a la circulación, estacionamiento, operaciones de cargas y descargas, señalización, remoción de obstáculos y condiciones de funcionamiento de los vehículos, por medio de norma concordantes con las establecidas por el Código de Tránsito de la Provincia".
Que el bloque normativo que suministra tales potestades en la materia, además de artículo 27 inciso 18 del decreto ley 6769/58, se integra con los artículos 24 y 25 de la norma citada; artículo 2 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 y modificatorias, y artículos 1, 2, 28, 42 y concordantes de la Ley Provincial 13.927 - Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires.
Que la especial atención se focaliza a atender los conceptos de educación, prevención, ordenamiento y seguridad (art. 27, inc. 18, Dec. Ley 6769/58):
Que en aras de concretizar un sistema de control de infracciones de tránsito en el ejido urbano y zonas rurales del partido de Pergamino, en el año 2020 el Departamento Deliberativo autorizó —a través de la sanción de la Ordenanza 9243/20— la realización de un procedimiento de selección para contratar e implementar un sistema de control de infracciones en el sentido y alcances ya expuestos.
Que, en consecuencia, se hizo el llamado de la Licitación Pública N° 22/20, resultando adjudicataria la firma DETECTRA S.A. mediante el decreto DECTO-2020-3319-E-PER-INT del 3 de diciembre de 2020, por un plazo de cinco años desde el perfeccionamiento del contrato. El contrato de concesión se instrumentó y firmó el 28 de diciembre de 2020; con lo cual, su vencimiento operará el 28 de diciembre de 2025.
Que, reconociendo la importancia que la implementación de este tipo de sistemas tiene para la educación, prevención, ordenamiento vial y la seguridad del tránsito, se mantiene el interés en que se lleve a cabo la licitación, conforme, lo establecido en la Ordenanza Nº 10105/25 para contratar un servicio, de estas características por los próximos años.
Que resulta menester proceder al pertinente llamado a LICITACIÓN PÚBLICA, de conformidad con los prescripto en la Ley Orgánica Municipal, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración Financiera para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Atento ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE PERGAMINO, en uso de sus atribuciones,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Llamar a LICITACIÓN PÚBLICA Nº 29-2025, para la contratación e implementación de un sistema de detección electrónica de infracciones de tránsito, en el ejido urbano de la ciudad, los pueblos de campaña, y zonas rurales dentro del partido de Pergamino; incluyendo, pero no limitándose, a la provisión de equipamiento y la contratación del servicio de captura, digitalización, procesamiento, impresión y verificación de presunciones de infracción en la vía pública; serán parte del mismo todos los bienes, insumos y servicios que se requieran de acuerdo a la finalidad autorizada, y todos aquellos que aun no siendo explícitamente solicitados, resulten necesarios para brindar el servicio; conforme, lo establecido en la Ordenanza Nº 10105/25. Con ajuste al régimen que prescribe la Ley Orgánica, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires
ARTÍCULO 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Provincial, en el Sistema de Boletines Oficiales Municipales (SIBOM) y en los medios gráficos locales, gírese a la DIRECCIÓN DE COMPRAS para reserva del presente hasta la apertura del mismo.
Firmantes: Ignacio Agustín Doddi -Secretario de Seguridad- Intendencia
Javier Arturo Martinez - Intendente - Intendencia