Boletines/Campana
Decreto Nº 363/25
Campana, 30/04/2025
Expediente Municipal N° 4016-4258-0-2023
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022 (t.v.), y el Expediente Municipal N° 4016-4258-0-2023; y
Considerando
Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización emite informe donde manifiesta que atento al vencimiento del contrato de locación del inmueble sito en Ruta Provincial N° 6, Gobernador Manuel de Sarratea y Rotonda del Partido de Campana, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección H, Fracción 01, Parcela 02n, Chacra 12 donde actualmente funciona el Corralón Norte, resulta necesario continuar con la locación del mencionado inmueble para el correcto funcionamiento de la mencionada dependencia.
Que lucen adjuntas las propuestas emitidas por Abadie Propiedades, Inmobiliaria Lorenzo y la firma Minera Plumerillo S.A.
Que la Dirección de Compras manifiesta no poseer objeciones que formular.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal sugiere la imputación presupuestaria y adjunta “Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos” donde se verifica que el crédito presupuestario es suficiente para la erogación que se pretende realizar.
Que la Contaduría Municipal cumple en informar que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento y manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras al respecto.
Que obra Solicitud de Pedido N° 3-5327-352 por la suma total de Pesos Treinta Millones Seiscientos Mil con 00/100 Centavos ($ 30.600.000,00.-).
Que la Dirección de Compras toma conocimiento e informa que no posee objeción alguna al respecto, a su vez detalla las propuestas sobre el inmueble, resultando conveniente de acuerdo a los valores del mercado.
Que obra Solicitud de Gasto N° 0-1715 por la suma total de Pesos Treinta Millones Seiscientos Mil con 00/100 Centavos ($ 30.600.000,00.-).
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga prosecución al trámite.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la contratación con la Empresa Minera Plumerillo S.A. para la locación del inmueble sito en la Ruta Provincial N° 6, Gobernador Manuel de Sarratea y la Rotonda del Partido de Campana, designado catastralmente como Circunscripción: 01, Sección H, Fracción: 01, Chacra: 12 Parcela: 02n, por el valor mensual de Pesos Cinco Millones Cien Mil con 00/100 Centavos ($ 5.100.000,00.-) con
retroactividad al 01 de enero del 2025 y hasta el 30 de junio del 2025, siendo la suma total de Pesos Treinta Millones Seiscientos Mil con 00/100 Centavos ($ 30.600.000.00.-) y en un todo de acuerdo a lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-4258-2023.-
ARTÍCULO 2°.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento al pago dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110125000 ”Secretaría de Espacio Público y Descentralización”, Categoría Programática 21.01 “Gestión Corralón Casco Urbano”, Partida Presupuestaria 3.2.1 “Alquiler de Edificios y Locales”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2025.-
ARTÍCULO 3°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Espacio Público y Descentralización y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese.-