Boletines/Campana
Decreto Nº 298/25
Campana, 04/04/2025
Expediente Municipal Nº 4016-9494-2025 Adquisición de Productos Alimentarios para Beneficiarios de Comedores y Merenderos.
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017; Ordenanza N° 7693 promulgada por el Decreto N° 1265/2024; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.); el DECTO-2020-431-E-MUNICAM-INT; el Decreto N° 0007BIS/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-9494-2025; y
Considerando
Que la denominada Subsecretaría de Desarrollo Social propicia las actuaciones del presente expediente para la “Adquisición de Productos Alimentarios para Beneficiarios de Comedores y Merenderos”, emitiendo Informe Circunstanciado y adjuntando el listado de los productos a adquirir, como así también de los Comedores y Merenderos de la Ciudad.
Que lucen adjuntas copias del DECTO-2020-431-E-MUNICAM-INT, de fecha 06 de agosto de 2020; y de la Ordenanza N° 7693 promulgada por el Decreto N° 1265/2024, que declara la Emergencia Alimentaria en el Partido de Campana por el término de un (1) año con el objeto de satisfacer las necesidades básicas de alimentación de la población local.
Que se anexa Solicitud de Pedido N° 3-4000-41, emitida por la suma total de Pesos Veinticinco Millones Setenta y Siete Mil Quinientos con 00/100 Centavos ($25.077.500,00.-).
Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria utilizada en la Solicitud de Pedido N° 3-4000-41, verificando que el crédito presupuestario resulta suficiente para la erogación que se pretende realizar.
Que obra Solicitud de Gasto N° 0-508, emitida por la suma total de Pesos Veinticinco Millones Setenta y Siete Mil Quinientos con 00/100 Centavos ($25.077.500,00.-).
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento de las actuaciones e informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras al respecto.
Que la Dirección de Compras sugiere que la presente adquisición se realice bajo la modalidad de compra directa por excepción, en virtud de la Ordenanza N° 7693 promulgada por el Decreto N° 1265/2024, sobre Emergencia Alimentaria en el Partido de Campana. Asimismo, propone como fecha de apertura de las ofertas, el día veinte (20) de febrero de 2025 a las 13:00 hs.
Que luce Registro de Invitados a Cotizar.
Que obran las cotizaciones presentadas por los proveedores: El Viejo Almacén S.R.L.; Ricci Daniel Esteban; y Paredes Rodolfo Hernán, respectivamente. Asimismo, se adjuntan las Fichas del Proveedor correspondientes.
Que luce Acta de Apertura de fecha veinte (20) de febrero de 2025, donde se deja constancia que se procede a la apertura de los sobres que contienen las siguientes propuestas: Oferta 1- EL VIEJO ALMACÉN S.R.L., cotiza un total de Pesos Veinticinco Millones Trescientos Setenta y Dos Mil Quinientos con 00/100 Centavos ($25.372.500,00.-); Oferta 2- RICCI DANIEL ESTEBAN, cotiza un total de Pesos Veinticuatro Millones Novecientos Cuarenta Mil con 00/100 Centavos ($24.940.000,00.-); y Oferta 3- PAREDES RODOLFO HERNAN, cotiza un total de Pesos Veintisiete Millones Doscientos Ocho Mil Setecientos Cincuenta con 00/100 Centavos ($27.208.750,00.-).
Que obra Cuadro Comparativo de Ofertas emitido por la Dirección de Compras. Asimismo, la Dirección, informa que los valores cotizados por los proveedores son los vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios, y que dos de las tres propuestas económicas presentadas superan el valor del Presupuesto Oficial.
Que la Subsecretaría de Desarrollo Social emite Informe Técnico informando que los precios cotizados fueron comprobados y se encuentran en el nivel de precios habituales en el mercado. Asimismo, manifiesta que no posee objeciones y que, analizadas las distintas alternativas y cotizaciones, la oferta presentada por la firma RICCI DANIEL ESTEBAN resulta conveniente por ser la más económica y ofrecer las mejores condiciones.
Que la Dirección de Compras sugiere que la propuesta más conveniente y oportuna está dada por el proveedor RICCI DANIEL ESTEBAN (C.U.I.T. N°20-18293016-5), por la suma total de Pesos Veinticuatro Millones Novecientos Cuarenta Mil con 00/100 Centavos ($24.940.000,00.-), I.V.A incluido.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.
Que el plexo normativo del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires regula el procedimiento de adquisición de bienes y servicios que rige esta Municipalidad.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 0007BIS/2024.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Compra Directa para la “Adquisición de Productos Alimentarios para Beneficiarios de Comedores y Merenderos”, con el proveedor RICCI DANIEL ESTEBAN (C.U.I.T. N°2018293016-5), por la suma total de Pesos Veinticuatro Millones Novecientos Cuarenta Mil con 00/100 Centavos ($24.940.000,00.-), I.V.A incluido, conforme lo detallado en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, y en virtud de la Ordenanza N° 7693 promulgada por el Decreto N° 1265/2024 que declara la Emergencia Alimentaria en el Partido de Campana, y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-9494-2025.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el Artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110112000 “Secretaría de Gabinete”, Categoría Programática 21.01 “Gestión Asuntos Institucionales”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 5.1.4 “Ayudas Sociales a Personas”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese; y archívese.-