Boletines/Lujan
Decreto Nº 1268
Lujan, 28/07/2025
Contratación mediante Locación de Servicios de la Cooperativa de Trabajo Poder Popular Limitada EX-2025-00005749- -MUNILUJAN-SGPC
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente EX-2025-00005749- -MUNILUJAN-SGPC, mediante el cual la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana solicita la contratación mediante la figura de Locación de Servicio de la COOPERATIVA DE TRABAJO PODER POPULAR LIMITADA; y
Considerando
Que la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana solicita la contratación del servicio mencionado ut supra, a través de providencia N°PV-2025-00099392-MUNILUJAN-SGPC por el período comprendido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre del 2025.
Que, a fines de garantizar la provisión de la maquinaria necesaria para prestar los servicios de desmalezamiento, parquización, corte de pasto, poda de árboles y plantas, y recolección de ramas y restos de vegetación en localidades del partido de Luján, se propone renovar la contratación a la Cooperativa de Trabajo “Poder Popular” Limitada, Matrícula INAES N° 42755, CUIT 30-71431513-3.
Que obra la documentación correspondiente de la Cooperativa de Trabajo “Poder Popular” Limitada, junto con la cotización del servicio.
Que Jefatura de Gabinete por medio de la providencia N°PV-2025-00100000-MUNILUJAN-SJG toma conocimiento y presta conformidad girando los actuados a la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que la Secretaría de Economía y Finanzas en la providencia N°PV-2025-00101033-MUNILUJAN-SEF toma conocimiento y presta conformidad girando los actuados a la Contaduría Municipal para informar la imputación.
Que mediante providencia N°PV-2025-00101175-MUNILUJAN-CM#SEF, la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto.
Que motiva la contratación la necesidad de brindar respuestas a las demandas que surgen en las mencionadas localidades, siendo un complemento adicional a las que se brindan diariamente.
Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º, siguientes y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires (Decreto Ley N° 6.769/58), sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°. - Apruébese la contratación bajo la figura de Locación de Servicio de la COOPERATIVA DE TRABAJO PODER POPULAR LIMITADA, Inscripta en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) bajo la Matrícula N° 42755, CUIT Nº 30-71431513-3, Proveedor Municipal Nº 5466, con domicilio legal en la calle Sargento Cabral N° 1254 de la localidad y partido de San Fernando, provincia de Buenos Aires, para la prestación de servicios especializados e integrales de desmalezamiento, limpieza y recolección de ramas con maquinaria idónea en diversas localidades del partido de Luján. La contratación incluye la provisión de tres tractores con desmalezadora para las localidades de Cortinez, Pueblo Nuevo, Jáuregui y Open Door y dos tractores con pala para las localidades de Pueblo Nuevo y Jáuregui, con el combustible incluido, además de 6 cooperativistas para la prestación de los servicios, como así también todos los seguros, equipamiento, personal, indumentaria, insumos, materiales, herramientas, maquinaria y todo otro concepto necesario para llevar a cabo las tareas encomendadas, en el período comprendido entre el 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Artículo 2°. - La Municipalidad abonará, conforme a las condiciones establecidas en el contrato y por el plazo del mismo, la suma total de PESOS CIENTO TRECE MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS ($113,728,862.-), IVA incluido, el cual será abonado de la siguiente manera: Julio: PESOS DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($17,804,250.-); Agosto: PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($18,249,356.-); Septiembre: PESOS DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA ($18,705,590.-); Octubre: PESOS DIECINUEVE MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA ($19,173,230.-); Noviembre: PESOS DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO ($19,652,561.-); y Diciembre: PESOS VEINTE MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($20,143,875.-), todas ellas con IVA incluido, el cual contempla también el concepto necesario para la prestación total del servicio.
Artículo 3°. - El gasto que demande lo dispuesto en el Artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
01.01.-Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.
110.-Tesoro Municipal.
3.3.5.-Mantenimiento de Espacios Verdes y del Arbolado.
Artículo 4°. - Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese, archívese.