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Decreto Nº1212

Decreto Nº 1212

Lujan, 23/07/2025

EX-2024-00178074- -MUNILUJAN-DRH#SGPC - Recategorización Agentes de la Dirección de Juventudes Diaz, Pereyra y Martínez

Visto

el expediente EX-2024-000178074-MUNILUJAN-DRH#SGPC; y

Considerando

Que el Secretario Gremial de la Asociación de Trabajadores del Estado solicita la recategorización de los agentes municipales Nicolás Patricio Martínez, Jonatan Ezequiel Díaz y Carlos Pereyra. Que la Dirección de Recursos Humanos tomó conocimiento del pedido mediante la Providencia N° PV2024-000178216-MUNILUJAN-DRH#SGPC, y solicita al Departamento de Personal que informe la situación de revista de los agentes detallados anteriormente.

Que por Informe Gráfico N°IF-2024-00179163-MUNILUJAN-DRH#SGPC el Departamento de Personal informa la situación de revista de Martínez, Díaz y Pereyra.

Que la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana toma vista del expediente en la Providencia N° PV-2024-000186363-MUNILUJAN-SGPC.

Que por otra parte, la Jefatura de Gabinete presta conformidad en la Providencia N° PV-2025-00000357- MUNILUJAN-SJG.

Que la Secretaría de Economía y Finanzas toma intervención y presta conformidad para las recategorizaciones solicitadas, y solicita a la Contaduría Municipal informe la imputación presupuestaria.

Que la Contaduría Municipal por Providencia N° PV-2025-00099303-MUNILUJAN-CM#SEF informa la imputación presupuestaria.

Que la Dirección de Recursos Humanos por Providencia N°PV-2025-00102070-MUNILUJANDRH#SGPC manifiesta que de acuerdo a la antigüedad que cada agente posee en esas categorías, corresponde únicamente promover a los agentes Martínez a clase II en su cargo reservado, Díaz a clase IV, y a Pereyra a clase III.

Que este acto se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 107° del Decreto Ley N° 6769/58 y el artículo 66° de la Ley N° 14.656.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Autorizase la recategorización del agente municipal de planta permanente Nicolás Patricio MARTÍNEZ, legajo N° 5439, como Personal Administrativo – Clase II de 40 horas semanales (cargo reservado), para prestar servicios en la Dirección de Juventudes, a partir del 1° de agosto de 2025.

Artículo 2°.- Autorizase la recategorización del agente municipal de planta permanente Jonatan Ezequiel DÍAZ, legajo N° 5786, como Personal Obrero – Clase IV de 40 horas semanales, para prestar servicios en la Dirección de Juventudes, a partir del 1° de agosto de 2025

. Artículo 3°.- Autorizase la recategorización del agente municipal de planta permanente, Carlos PEREYRA, legajo N° 6010, como Personal Administrativo – Clase III de 40 horas semanales, para prestar servicios en la Dirección de Juventudes, partir del 1° de agosto de 2025.

Artículo 4°.- El gasto que demande lo dispuesto en los artículos 1° a 3°, será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25. Secretaría de Desarrollo Humano

44. Casa de las Juventudes

110. Tesoro Municipal

01. Gastos en Personal

01. Personal Permanente

01. Retribuciones del Cargo

Artículo 5°.- Regístrese, notifíquese, tomen conocimiento quienes corresponda, publíquese y archívese.