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Decreto Nº1174

Decreto Nº 1174

Lujan, 18/07/2025

EX-2025-00090374- -MUNILUJAN-SEF - Bonificación por Disposición Permanente Frusti María Virginia

Visto

el expediente EX-2025-00090374-MUNILUJAN-DRH#SGPC; y

Considerando

Que mediante Nota N° NO-2025-00089648-MUNILUJAN-SDP#SEF, la Subdirectora de Patrimonio, solicita que se asigne a la agente municipal María Virginia Frusti, la bonificación por disposición permanente equivalente al 30% de su sueldo básico, en función del cúmulo de tareas que realiza en la Subdirección de Patrimonio.

Que el Secretario de Economía y Finanzas, toma vista y autoriza la bonificación para la agente Frusti, conforme surge del Documento N° PV-2025-00090624-MUNILUJAN-SEF.

Que del informe identificado como IF-2025-00097191-MUNILUJAN-DRH#SGPC, surge que e la agente Frusti, reviste en la planta permanente, desempeñando funciones en la Subdirección de Patrimonio, como Personal Administrativo – clase V de 40 horas semanales, y percibe en sus haberes la bonificación por título, del 8% de su sueldo básico, contemplada en el artículo 33° de la Ordenanza N° 8725.

Que se remiten las actuaciones a Jefatura de Gabinete, y el titular de la misma toma conocimiento en Providencia N° PV-2025-00098369-MUNILUJAN-SJG.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria del gasto, mediante providencia PV2025-00098798-MUNILUJAN-CM#SEF.

Que la bonificación solicitada se encuentra prevista en el artículo 27° de la Ordenanza N° 8725, que establece una Bonificación por Disposición Permanente que podrá alcanzar hasta el cuarenta por ciento (40%) del sueldo básico para los agentes que revisten como Personal Jerárquico (con excepción de las categorías de JEFE/A DE DEPARTAMENTO, JEFE/A DE DIVISIÓN y JEFE DE OFICINA INFORMÁTICA), hasta el cuarenta y cinco (45%) del sueldo básico para el personal superior (exclúyese al Intendente Municipal), y hasta el cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico para los agentes que revistan como Categoría Profesional, Técnico, Auxiliar Contable, Analista Contable, Profesional Analista Contable, Profesional Auxiliar Contable Analista RRHH, Auxiliar RRHH, Profesional Analista RRHH, Profesional Auxiliar RRHH, Personal de Salud Programador Senior, Programador Semi Senior, Programador Junior, Personal Obrero, de Servicio, Administrativo e Inspector Fiscalizador, en tanto las razones de servicio exijan la permanencia y/o exclusividad dedicada a la función, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley vigente y previa consideración y autorización del Departamento Ejecutivo. La bonificación establecida en éste Artículo es excluyente con la retribución por horas extraordinarias; asimismo, no podrá aplicarse en el caso que el agente que sea autorizado a realizar sus tareas laborales de manera remota.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N°6769/58 y artículo 66° de la Ley N°14.656 y Ordenanza N° 8725.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Asignase la BONIFICACION POR DISPOSICIÓN PERMANENTE a la agente municipal de planta permanente, María Virginia FRUSTI, Legajo N° 8052, al 30% de su sueldo básico de Personal Administrativo Clase V de 40 horas semanales, contemplada en el artículo 27° de la ordenanza n° 8725, quien cumple funciones en la Subdirección de Patrimonio, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, a partir del 1° de julio de 2025, manteniendo la bonificación por título (8%, art. 33°, Ord. 8725), que percibe en sus haberes.

Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1°, serán imputados a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

17.- Secretaría de Economía y Finanzas.

01.- Formulación y Ejecución de Políticas Económicas.

01.- Coordinación de Políticas Económicas.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos en Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.