Boletines/Chascomús

Decreto Nº734/25

Decreto Nº 734/25

Chascomús, 29/09/2025

BAJA POR JUBILACION

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2025-00034852-CHASCOMUS-DCH#SRHDP, iniciado a raíz del fallecimiento en actividad de la agente DURAN, María del Carmen, Legajo N°8307, quien falleció el día 28/08/2025; y

Considerando

Que por Ordenanza 4971/16 se creó el Subsidio Solidario Municipal por fallecimiento.

Que el subsidio establecido es para todos los agentes al servicio de la Municipalidad y sus dependencias y para el personal que en el futuro dejare de pertenecer a la Municipalidad sin sumarios ni sanciones en su contra y con una antigüedad mínima de 25 años de servicios.

 Que el importe del subsidio es de Diez (10) veces el sueldo mínimo del personal municipal vigente al momento del efectivo del pago.

Que también se abonara el Seguro dispuesto por el Decreto Ley 9507/80, ordenándose la baja por fallecimiento del agente, a favor de sus hijos: MOYANO Carlos Alberto, DNI 39.986.287, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:0110231630023110449515; MOYANO, Margarita Soledad, DNI 41.103.947, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:0140331003694252881859.

Que posee ficha de beneficiarios, por lo que se les abonara a los mismos en partes iguales.

 Que el Subsidio Solidario Municipal Cuenta de Terceros-Ord. 4971/16; se abonará a sus hijos: MOYANO, Carlos Alberto, DNI 39.986.287, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:0110231630023110449515, MOYANO, Margarita Soledad, DNI 41.103.947, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:0140331003694252881859 y Conviviente: MOYANO, Carlos Alberto, DNI 12.547.295, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:0110231630023107658401.

 Que la agente se desempeñaba en el Área de la Secretaria de RR.HH.

 Que la Dirección de Asuntos Legales Dictamina que corresponde realizar el acto administrativo correspondiente a efectos de aceptar el Cese de servicios por fallecimiento, de la agente.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Declárese el cese de servicios por fallecimiento de la agente DURAN, María del Carmen, Legajo N°8307, quien falleció el día 28/08/2025.-

ARTICULO 2°.- Abónese Subsidio Solidario Municipal por fallecimiento de DURAN, María del Carmen, por un importe total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO SETENTA Y DOS ($4.429.172) a sus hijos: MOYANO Carlos Alberto, DNI 39.986.287, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:0110231630023110449515; MOYANO Margarita Soledad, DNI 41.103.947, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:0140331003694252881859 y Conviviente: MOYANO Carlos Alberto, DNI 12.547.295, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:011231630023107658401, correspondiendo todas las cuentas al Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal Chascomús. -

ARTICULO 3°.- Asimismo abónese Seguro Ley 9507/80 por un monto total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS DIESISIETE MIL con 20/100 ($1.414.717,20) a sus hijos: MOYANO Carlos Alberto, DNI 39.986.287, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:0110231630023110449515: MOYANO, Margarita Soledad, DNI 41.103.947, con domicilio en calle 12 de octubre N°124 de la ciudad de Chascomús, CBU:0140331003694252881859, correspondiendo ambas cuentas al Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal Chascomús.-

ARTICULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto impútese de la siguiente manera: Subsidio Solidario Municipal Cuenta de Terceros-Ord. 4971/16 y Seguro Ley 9507/80 a la Jurisdicción 111012000, Categoría Programática 01.01.00, partida del Gasto 1.6.0.0.-

ARTICULO 5°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección de Liquidaciones, Oficina de Jubilaciones, Contaduría y beneficiarios.-

ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno  (Cipriano Perez Del Cerro), el Secretario de Recursos Humanos  (José María Yezza Ross) y Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsin).-

ARTÍCULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-