Boletines/Chascomús
Decreto Nº 720/25
Chascomús, 29/09/2025
INVESTIGACION PRESUMARIAL
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2025-00035647-CHASCOMUS-DAL#SG iniciado a raíz de la solicitud de “Sumario Administrativo Hogar de Ancianos Municipal – CORREA María Fernanda, Legajo 9554” requerida desde la Directora del Hogar; y
Considerando
Que al orden 3, se encuentra agregada la nota suscripta por la Directora del Hogar de Ancianos solicitando la intervención de manera urgente a fin de proteger a los residentes y al personal del referido hogar de posibles robos. Manifiesta que el día 27 de Agosto de 2025 se acerca a la dirección, la enfermera Vanesa LANGER a fin de informarle que, al observar el resumen de su tarjeta de crédito, aparecen compras que ella no realizó. Indica la enfermera que en el momento se da cuenta que le robaron el plástico y además el de su mamá, que los tenía en la billetera y que se realizaron gastos en ambas tarjetas de crédito por grandes montos. La Directora adjunta a la nota, las denuncias y las correspondientes ampliaciones efectuada por la Agente LANGER ante Estación de Policía Comunal de Chascomús. Señala que Vanesa LANGER al efectuar sus denuncias hace saber que deja su mochila en un baño de la institución el cual está ubicado dentro del taller, donde no hay cámaras, y que sospecha que alguien del personal le sacó las tarjetas. Al consultarle la directora quiénes suelen utilizar ese baño, la misma refiere que enfermeras, cuidadoras y roperas también. Conforme surge de la presentación de la Directora, la agente LANGER dice: “En el momento se da cuenta que le robaron el plástico y además el de su mamá, que los tenía en la billetera y que se realizaron gastos en ambas tarjetas de crédito por grandes montos, adjunta denuncia del 26 de Agosto. Manifiesta que ya realizó la denuncia, que en el banco lograron retener esos gastos para no abonarlos y que concurrirá a Defensa del Consumidor a fin de reclamar que los comercios no solicitaron el DNI al momento de abonar. Refiere que en esos días ella dejó su mochila en un baño de la institución que está ubicado dentro del taller, donde no hay cámaras, que sospecha que alguien del personal le sacó las tarjetas. Al consultarle a Vanesa quiénes suelen utilizar ese baño, la misma refiere que enfermeras, cuidadoras y roperas también. El día 01 de Septiembre Vanesa refiere que el comercio de Donato Motos le mostró las cámaras a fin de observar quién realizó el gasto. En las imágenes se observa que dos chicos realizan la compra (se adjunta ampliación de denuncia del día 30 de agosto). El día 6 de Septiembre a las 14 hs. se comunica telefónicamente la enfermera Fernanda CASTRO a fin de informar que, al finalizar el turno, su compañera Vanesa reconoce que el hijo de Fernanda CORREA, quien viene a buscarla al trabajo, sería el chico que compró en el comercio de Donato y que concurrirá a la comisaria a fin de ampliar denuncia (se adjunta documentación con fecha del 7 de Septiembre ya que el 6, en comisaría se niegan a tomarle la denuncia). Finalmente, el día 8 de Septiembre se comunica telefónicamente la enfermera Ana HUERAMAN quien acompañó a Vanesa a un supermercado donde les mostraron el video con fecha y hora de la compra y se observa que quien abona con la tarjeta de crédito es Fernanda CORREA (se adjunta ampliación de denuncia)”. La directora aclara que a principios del año 2024 una cocinera, ZABALA Graciela, se acerca a dirección informando que vio a Fernanda CORREA en el cuarto donde se guardan los productos de higiene, en una actitud sospechosa, tomando un jabón para lavar la ropa y refiriendo que personal del lavadero se lo solicitó. En el momento se acercó al lavadero donde se encontraba la ropera y les consulto al personal si ellas le solicitaron jabón a Fernanda, situación que todas niegan. Fernanda, muy nerviosa se acerca y habla por lo bajo que ella sólo tomó un balde, que el jabón lo dejó en su lugar. Por otro lado, el día 8 de Septiembre y en comunicación con María PIBOULEAU referente del residente García y de Marino Manuel) quien vive muy cerca de la residencia, la misma refiere que comprende que no se pueden colocar cámaras en las habitaciones, pero la enoja que le falten tantas cosas a Manuel (campera de abrigo nueva, reloj digital y recientemente un celular), que ella observó cómo Fernanda CORREA ha dejado bolsas en un cuarto por fuera de la institución y otra persona pasa y retira la bolsa. Todo esto previo a la colocación de la cámara externa; además comenta que si ella observa alguna situación de este tipo con algún empleado va a filmar o sacar fotos, porque no sería la única persona a la que ha visto en una situación extraña. Es por lo antes mencionado y considerando que, además de contar con cámaras desde el 24 de Junio del corriente año, a los residentes les faltan cosas valiosas como, camperas, relojes, perfumes, dinero, celulares, cargadores, ropa nueva, se solicita que se pueda intervenir o realizar sumario al agente CORREA, ya que es una persona que podría estar robándole a los residentes y por el rol que ocupa, está en contacto constante con las pertenencias de ellos. Por ello es por lo que la directora del Hogar de Ancianos, solicita que se intervenga de manera urgente a fin de proteger a los residentes y al personal de posibles robos.
Asimismo, al orden 4 de las actuaciones se agrega copia de la denuncia policial, de fecha 26 de Agosto de 2025 y tres ampliaciones de la denuncia de fecha 30 de Agosto, 7 de Septiembre y 8 de Septiembre todas del año en curso realizadas por la agente LANGER ante la Estación de Policía Comunal de Chascomús.
En la Denuncia la agente Langer dice: “Que resulta ser poseedora de una tarjeta de crédito Línea del banco Provincia de Buenos Aires a su nombre y Tarjeta de crédito de línea MASTERCARD y mismo banco, a nombre de su progenitora LAVAGGI NOEMI documento nacional de identidad 4.886.766 que las poseía juntas, que constata el día de ayer 25 del corriente, al observar el registro mensual de gastos de dicha tarjeta, que había movimientos que la dicente no había realizado, que la última vez que las utilizó fue en una compra fue el día 28 de Junio del corriente año, utilizándola físicamente para comprar un electrodoméstico- Preguntada donde pudo haber sucedido el hurto de la misma, manifiesta que ignora…”
Que posteriormente el día 30 de Agosto de 2025 amplia la denuncia en el que indica que se dirigió al comercio Donato Motos por ser uno de los locales donde ser habrían realizados compras con las tarjetas de crédito y entrevistado al propietario accede a mostrarle las filmaciones de las cámaras de seguridad donde observan que el día 16/8/2025 a las 18.00 dos masculinos hicieron entrega de tarjeta para abonar los repuestos que adquirieron. Que por averiguaciones realizadas puede identificar a uno de ellos.
En la misma dice: “…se dirigió al comercio DONATOS MOTOS ubicado en calle Casalins y 7 de Noviembre ,por ser uno de los locales donde habrían realizado las compras con una de las tarjetas de crédito sustraídas, lugar donde se entrevista con el propietario y el mismo accede a mostrarles las filmaciones de las cámaras de seguridad del momento en que se efectúo la compra el día 16 del corriente mes y año, en el que se visualizan que alrededor de las 17:00hs, dos masculinos, uno de ellos de tez trigueña, que lleva un casco color naranja con detalles negros con la inscripción de la marca “SHIRO” o similar, vestido con una campera de “River Plate” de color roja con franjas blancas, pantalón oscuro y riñonera de color azul con banda negra, el cual era quien pedía los repuestos, siendo que el que hizo entrega de la tarjeta para abonar, fue el masculino de contextura robusta, de pelo corto teñido en las puntas de rubio, con aros en la orejas, anillo en los dedos y tatuaje en mano izquierda , vestido con campera azul y pantalón negro. Que, según las averiguaciones hechos, le informaron que uno de estos masculinos se llamaría “BETO” LABORDE pero desconoce cuál de ellos…”
Con fecha 7 de Septiembre de 2025 formula una nueva ampliación de la denuncia en donde manifiesta que el día 6/9/2025 a las 14.00 salió de su jornada laboral y visualizó a un sujeto de características similares al del video de visto en el local de Donato Motos y que dicha persona fue a buscar a su compañera CORREA Fernanda.
En la misma dice: “Que el día 06/09/2025 a las 14:00hs cuando salió de la jornada laboral, visualizó un sujeto masculino de similares características al sujeto de la foto que aporto en ampliación de denuncia realizada el día 30 del mes de agosto del corriente año, siendo que este sujeto se encontraba filmado en imágenes del local DONATO MOTOS sito en calle Casalins y 7 de noviembre, lugar donde utilizaron una de las tarjetas de crédito denunciadas como sustraídas. Que sospecha que dicho sujeto, dado que sus tarjetas fueron sustraídas en su lugar de trabajo, y este masculino el día 06/09 fue a buscar a una compañera de la dicente siendo la señora FERNANDA CORREA. Que dicho masculino resulta tener las mismas características físicas ya descriptas en la ampliación anteriormente realizada siendo en la actualidad posee pelo de color platinado con mechas violetas, el cual conducía un motovehículo de 110cc de color negra con faltantes de cachas. Que no conoce la identidad de dicho sujeto, pero cree que podría tratarse de la persona que utilizó sus tarjetas sustraídas”.
Con fecha 8 de Septiembre de 2025 amplia la denuncia en donde indica que ese día alrededor de las 18.40hs va al supermercado SUPERMARK lugar en el que se entrevista con el propietario y el mismo accede a mostrarle las filmaciones de las cámaras de seguridad del momento en que se efectúo la compra del día 14/8/2025 en el que se visualiza y reconoce como su compañera de trabajo María Fernanda CORREA.
En la misma dice: “Que el día de la fecha alrededor de las 18:40hs se dirigió al SUPERMARK ubicado en calle Alvear entre Lastra y Arenales de este medio, por ser este uno de locales donde habrían realizado compras con una de las tarjetas de crédito sustraídas, lugar donde se entrevista con el propietario y el mismo accede a mostrarle las filmaciones de las cámaras de seguridad del momento en que se efectuó la compra el día 14 de agosto del corriente, en el que se visualiza, alrededor de las 18:00 horas, a una femenina de pelo largo morocho que vestía con buzo o campera con capucha color rosa o similar y mangas negras o azules que tiene por lo menos un numero “2” en la parte delantera, zapatillas negras, un bufandón nube escoses, y llevaba una billetera de leopardo, siendo que esta femenina se encontraba en el sector de cajas colocando mercadería en el mostrador, y entonces la dicente la reconoce a esta femenina como su compañera de trabajo de nombre MARIA FERNANDA CORREA, e incluso el bufandón se lo había vendido la dicente a CORREA. Que al final de la filmación se observa que CORREA saca la tarjeta de crédito de la billetera y abona. Que entonces el dueño del supermercado también el aporta el comprobante de cobro efectuado ese día en el mismo horario, corroborando que corresponde a una compra por el monto total de $146.474,91 realizada con una tarjeta del Banco Provincia terminada en 4976, la cual se corresponde con el cobro que se observa en la factura de la tarjeta VISA, en fecha, lugar y monto. Que sabe que MARIA FERNANDA CORREA pudo tener acceso a la mochila, ya que la dejó en el baño que comparte con el personal de ropería, que es el área donde trabaja CORREA… Que en éste acto aporta las filmaciones y el comprobante de cobro que le presentó el dueño de SUPERMARK”.
Que por ME-2025-00035526-CHASCOMUS-SDS la Secretaria de Desarrollo Social al orden 5 del expediente solicita el inicio de sumario administrativo: “Por medio del presente, solicito se inicie Sumario a la agente CORREA María Fernanda, quien realiza tareas en el Hogar de ancianos. Tal solicitud se fundamenta en el informe de desempeño realizado por la Directora de dicha institución y que se adjunta en el presente, además de la documentación recabada”.
Que los hechos denunciados resultan de gravedad teniendo en cuenta el lugar en el que se desempeña la agente CORREA María Fernanda destinada a las tareas de ropera en el Hogar de Ancianos requiriendo una diligencia y responsabilidad especial en el desempeño de sus tareas.
Que, de probarse los hechos denunciados, la conducta de la agente CORREA María Fernanda se encuadra PRIMA FACIE en incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 107 inc. 3. Inconducta notoria e inc. 10 Falta grave que perjudique materialmente a la Administración Municipal o que afecte el prestigio de la misma, de la Ley 14.656.
Por ello, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que corresponde dar inicio al sumario administrativo a los fines de precisar todas las circunstancias y reunir los elementos de prueba tendientes a esclarecer la comisión de las irregularidades denunciadas ocurridas durante la prestación de servicios en el Hogar de Ancianos Municipal entre los días 28/6/2025 (última vez que utiliza la tarjeta) y 25/8/2025, respecto de la agente María Fernanda CORREA, las que de probarse configurarían incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 107 incisos 3 y 10 de la Ley 14.656.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°.- Iníciese sumario administrativo a la agente CORREA María Fernanda, DNI 26.624.911, Legajo Nº 9554 atento los hechos denunciados ocurridos durante la prestación de servicios en el Hogar de Ancianos Municipal entre los días 28/6/2025 (última vez que utiliza la tarjeta) y 25/8/2025 los que de probarse configuran inconducta notoria y Falta grave que perjudica materialmente a la Administración Municipal o que afecta el prestigio de la misma (Art 107 incisos 3 y 10 de la Ley 14.656) conforme las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Desígnese como Instructores sumariantes a las Dras. María Soledad Vallejo, Patricia Claverie, Marcela Ferreyra, Verónica Calonge, Eugenia Capra, María Victoria Moja y/o quienes ellas designen.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección Administrativa de RR.HH., y Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Asuntos Legales, Juntas de Calificación y Ascenso y de Disciplina y a la agente María Fernanda Correa.-
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Perez Del Cerro).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-