Boletines/Chascomús

Decreto Nº712/25

Decreto Nº 712/25

Chascomús, 19/09/2025

AMPLIACION PRESUPUESTARIA

Visto

La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica y no consideradas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente y;

 

Considerando

Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2025, incorporando los recursos con afectación específica y no considerados en el cálculo de recursos vigente.

Que mediante expediente municipal número 4030-167829/M se tramitan las actuaciones relacionadas con el “Subsidio Mejoramiento Caminos Rurales Etapa V”.

Que mediante la resolución RESO-2025-322-GDEBA-MDAGP el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, resuelve “Otorgar la suma total de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES ($45.000.000) en calidad de Subsidio a favor de la Municipalidad de Chascomús, para financiar la adquisición de tubos y cabezales, la cual será destinada a la reparación y mejoramiento de caminos rurales”.

Que con fecha 3 de septiembre del corriente dichos fondos fueron percibidos en su totalidad en las arcas municipales.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Amplíese el  crédito  de    las  partidas   parciales que  se enumeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

Estructura Programática

Fuente de Financiamiento

Imputación

Importe

1110119000 - 44.96.00 – Mejoramiento de Caminos Rurales

132 - De origen provincial

2.6.4.0 – Productos de cemento, asbesto y yeso

45.000.000,00

 

 

Total Gastos:

45.000.000,00

ARTICULO 2°.- Créese el Rubro y amplíese el Cálculo de  Recursos  en el rubro que se enumera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

JURISD.

RUBRO

IMPORTE

1110111000

22.5.01.31 – Subsidio Min. Des. Agrario PBA-Reparación y Mejoramiento de Caminos Rurales

45.000.000,00

 

 

 

 

Total

  45.000.000,00

           

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Presupuesto, Contaduría y Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente.-

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsin).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-