Boletines/Chascomús

Decreto Nº687/25

Decreto Nº 687/25

Chascomús, 04/09/2025

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2025-00028943-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Solicitud de subsidio por materiales. Expte. 167474”; y

Considerando

 Que al orden 14 se acompaña de Subsidio Individual, dando curso favorable a la solicitud de subsidio por un total de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 51/100 ($1.159.671,51), siendo sus proveedores: CAROSIO corralón (SERDIPA CONSTRUCCIÓN S.A) por una suma de PESOS SETECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 51/100 ($ 708.871,51) y MADERERA “LA RURAL” por un monto de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS ($ 450.800).

Que, en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado el acompañamiento a la peticionante con el otorgamiento de un subsidio para la compra de materiales a los fines de arreglar el techo de su vivienda, de conformidad con las consideraciones ut supra expuestas, debiendo verificarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Otórguese subsidio para la compra de materiales a los fines de arreglar el techo de su vivienda, sita en calle Campaña del Desierto N° 2924 de esta ciudad, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 51/100 ($1.159.671,51), siendo sus proveedores: CAROSIO corralón (SERDIPA CONSTRUCCIÓN S.A) por una suma de SETECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 51/100 ($ 708.871,51) y MADERERA “LA RURAL” por un monto de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS ($ 450.800), a otorgarse en una única cuota, sin cargo de reintegro y con obligación de rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.-  El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.04.00, Partida 5.2.1, Fuente de Financiamiento 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital Secretaria Privada, Secretaria de Desarrollo Social, Dirección de Políticas Comunitarias, Contaduría, Tesorería y beneficiaria.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsin)  y la Secretaria de Desarrollo Social (Yanina Gazzaniga).-

ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal  y archívese.-