Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 1961/2025
Trenque Lauquen, 18/07/2025
1961/2025 Demarcacion Estacionamiento Sra. DEBAT, CLARA
Visto
La nota presentada por la Sra. DEBAT, CLARA; en su calidad de Directora de la Escuela de Educación Primaria Nº 45 (EEP Nº45) de Trenque Lauquen, quien solicita se establezca un sector reservado en la vía pública frente al domicilio de la institución sito en calle Vignau casi esquina Simini (Portón de ingreso para ambulancias) de esta ciudad (Expediente Nº 4768/2025); y,
Considerando
Que la Ordenanza 4.042/13 establece las pautas para disponer a nivel local, el uso del espacio público destinado al estacionamiento de automotores;
Que habiéndose acreditado el fundamento de la solicitud, corresponde encuadrar la misma en las previsiones del artículo 6º de la Ordenanza referida;
Que conforme surge de la nota presentada, la petición está orientada a facilitar el ingreso al establecimiento educativo de ambulancias y otros servicios de emergencias; por ello debe ser resuelta favorablemente, si bien de modo excepcional, asumiendo el compromiso de eliminar dicha demarcación cuando la misma pierda su fundamento;
Que sentado ello, teniendo en cuenta el creciente parque automotor de nuestra ciudad, debe compatibilizarse la necesidad particular con el interés general, por lo que el lugar concedido debe ser el mínimo necesario; siendo apropiado que coincida con la entrada principal del inmueble sito en calle Vignau casi esquina Simini de Trenque Lauquen;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º: Concédase a la Sra. DEBAT, CLARA; en su calidad de Directora de la Escuela de Educación Primaria Nº 45 (EEP Nº45) de Trenque Lauquen, un espacio reservado para el ingreso al establecimiento educativo de ambulancias y otros servicios de emergencias en calle Vignau casi esquina Simini de Trenque Lauquen; por las razones expuestas en los Considerandos precedentes.-
ARTICULO 2º: Infórmase que el pedido concedido caducará automáticamente si cesara la situación que justifica la concesión. El permiso tendrá un vencimiento de cinco años desde concedido el mismo, salvo pedido de renovación por igual plazo por parte del interesado.-
ARTICULO 3º: Dicho espacio tendrá una extensión lineal de hasta seis metros (6 m) contados sobre el frente del inmueble, pudiendo excederlo hasta totalizar dicha medida. El mismo deberá ser delimitado con la línea amarilla y señalizado con cartelería que indique “Prohibido Estacionar. Decreto Nº 1961/25” en letras negras, debiendo contener asimismo el símbolo internacional consistente en la letra “E” en color negro cruzada con una línea roja, todo ello sobre fondo blanco.-
ARTICULO 4º: El espacio reservado para el estacionamiento exclusivo, está exento del pago del tributo correspondiente.-
ARTICULO 5º: Déjese constancia del espacio concedido, incorporando el presente al Registro Municipal de espacios reservados concedidos con fines de estacionamiento.-
ARTICULO 6º: Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.-
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen
Francisco Recoulat
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen