Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1954/2025

Decreto Nº 1954/2025

Trenque Lauquen, 17/07/2025

1954/2025 Prescripción liberatoria  Sra. Dora Inés Masmut, 

Visto

El Expediente Administrativo Nº 1048/2025, y            

Considerando

Que el mismo se inicia a partir de la nota presentada por la Sra. Dora Inés Masmut, mediante el cual se solicita la prescripción por el paso del tiempo de los períodos que correspondan al inmueble Partida Nº 29.201,por las tasas de alumbrado, barrido y conservación de la vía pública ;y servicios sanitarios (fs 01).
Que la Ley Nº 13.536 dispuso que los Municipios de la Provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las competencias constitucional y legalmente asignadas a los Departamentos que los integran, la condonación de las deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas a la fecha de entrada en vigencia de dicha Ley.
Que, a fs. 04 del expediente de referencia, consta intimación de deuda cursada en fecha 02/10/2024 por la Oficina de Gestión Extrajudicial de deudas cuyo plazo de suspensión se encuentra vencido conforme el art. 2541 CCy C de la Nación: " Suspensión por interpelación fehaciente. El curso de la prescripción se suspende, por una sola vez, por la interpelación fehaciente hecha por el titular del derecho contra el deudor o el poseedor. Esta suspensión sólo tiene efecto durante seis meses o el plazo menor que corresponda a la prescripción de la acción";
Que, la Dirección de Asuntos Legales indicó en su dictamen que corresponde hacer lugar al requerimiento; sobre el particular se ha expedido la Contaduría de esta Municipalidad manifestando que corresponde estar a las disposiciones del art. 278  (Texto según Ley 12.076) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en cuanto establece que "las deudas de los contribuyentes que hubieren incurrido en mora en el pago de impuestos, tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad, prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse”.
Que, en las condiciones expuestas, la deuda correspondiente  a las tasas de alumbrado, barrido y conservación de la vía pública y servicios sanitarios de los períodos anteriores a 31/12/2019 conforme lo requerido, han dejado de ser legalmente exigible (Normativa aplicable a la materia: conf. art. 278 del Decreto-Ley nº 6769/58 -incorporado por Ley Nº 12.076; art. 2560 y cctes.  CCyC)
 

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1°: Declarar la prescripción liberatoria de la deuda del inmueble Partida Nº 29.201 por las tasas de alumbrado, barrido y conservación de la vía pública ;y servicios sanitarios, correspondiente a los períodos anteriores a 31/12/2019 conforme lo requerido.

ARTICULO 2°: Comuníquese a Contaduría y, por su intermedio, a la Oficina de Cobros Extrajudiciales; regístrese y archívese. -      

Dr. Martín Ignacio Borrazás

Secretario de Gobierno                                         

Municipalidad de Trenque Lauquen

 

Francisco Recoulat

Intendente

Municipalidad de Trenque Lauquen