Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº14367/2025

Ordenanza Nº 14367/2025

Quilmes, 22/10/2025

VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-30612-2025; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expedtente referido, ha sancionado la Ordenanza  Nº 14.367/2025 en la Sesión Ordinaria del día 14 de Octubre del 2025, cuyo texto expresa:

 

VISTO:

El Expediente Nº 2-30612-HCD-2025. Presentado por la Concejala PATRICIA CAPPARELLI. Ref.: Que el Inciso 22) del Artículo 75º incorpora tratados internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; garantizando así el derecho a la salud para todos los habitantes.

Que todas las personas tienen derecho a vivir sanas o con las herramientas para enfrentar sus enfermedades sin ser discriminadas.

Que por iniciativa de la Organización Mundial de la Salud, el 19 de Octubre se celebra el Día Internacional de la Lucha Contra el Cáncer de Mama.

Que es importante crear conciencia y sensibilización sobre esta enfermedad, y

 

CONSIDERANDO:

Que el día mundial del Cáncer de mama fue establecido  por la OMS en el año 1988, con el objetivo de sensibilizar a la población general acerca de esta enfermedad.

Que el cáncer de mama es principal causa de mortalidad en mujeres de todo el mundo.

Que cada año se presentan 1.38 millones de nuevos casos y 458.000 muertes por esta enfermedad.

Que la mayoría de las muertes (269.000) se presentan en las personas de ingresos medios y bajos, en los cuales la mayoría son mujeres cuyo padecimiento se encuentra en estado avanzado debido a la falta de información sobre la detección precoz y los obstáculos al acceso a los servicios de salud.

Que gran parte de los casos afecta a personas cuya edad está entre los 35 y los 80 años, siendo el rango etario entre los 45 y los 65 años el que está expuesto a un mayor riesgo.

Que el avance médico, la prevención y la mejora de resultados de los tratamientos suponen un aumento más que considerable en las tasas de supervivencia.

Que se estima que un 30% de los casos podrían evitarse mediante medidas de prevención primaria, como la promoción de hábitos de vida saludables, la realización de mamografías regulares y la educación sobre el autoexamen mamario.

Que la realización de actividades relacionadas con esta fecha contribuye a aumentar la atención y el apoyo prestado a la sensibilización, la detección precoz, el tratamiento y los cuidados paliativos.

Que el Lazo Rosa es un símbolo internacional usado por personas, compañías y organizaciones que se comprometen a crear consciencia sobre el Cáncer de Mama.

Que el origen de su uso se remonta al año 1992 y está ligado al nombre de estas dos mujeres: Alexandra Penney y Evelyn Lauder. Por aquel entonces, Alexandra era la editora de una revista orientada al público femenino con la que estuvo trabajando en la edición anual de la Concientización sobre el Cáncer de Mama (NBCAM). Por su parte Evelyn Lauder, que fue Vicepresidenta de la Empresa de Cosméticos Estée Lauder, había recibido la invitación para acudir a esta fiesta como editora invitada. Entre ambas surgió la idea de hacer lazos y que estos fueran distribuidos por la compañía de cosméticos para conseguir promocionar la prevención del cáncer de mama.

Que la prevención de enfermedades ahorra significativamente los gastos de los estados al reducir los costos de atención médica, disminuir la carga de enfermedad y aumentar el bienestar social.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

 

ORDENANZA

ORDENANZA Nº 14367/2025

 

ARTICULO : DECLARASE de Interés Municipal el día 19 de Octubre "Día Mundial de Lucha contra el Cáncer de Mama".

ARTICULO  2°: FACULTASE     al  Departamento  Ejecutivo a realizar    actividades  destinadas a concientizar a la población, como jornadas de información, actividades culturales y deportivas, charlas, seminarios y foros.

ARTICULO  3º: DECLARASE el mes de Octubre de cada año como "mes de la  lucha contra el cáncer de mama" iluminándose, durante ese mes, en color rosa (identificatorio de la campaña) el monumento a la madre ubicado en La Plaza de la Madre sita en Hipólito Yrigoyen, Carlos Morel, Alsina y Gaboto, Quilmes y/o cualquier otro edificio Municipal.

ARTICULO 4º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo a realizar las acciones  necesarias  para  informar  a  la  población  a  través  de campañas de difusión sobre el Cáncer de Mama.

ARTICULO 5°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.

 

QUILMES, 14 de Octubre de 2025.

 

Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D.

Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.367/2025, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 14 de Octubre de 2025.-ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por e.l Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.- 

 

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

Decreto Nº 3400/2025.-