Boletines/Nueve de Julio

Decreto Nº3366/18

Decreto Nº 3366/18

Nueve de Julio, 28/09/2018

A.L.C.E.C. 9 DE JULIO - RIFA.

Visto

El expediente 4082-1957/2018.

El pedido formulado por la Institución del epígrafe, mediante el cual solicita autorización para realizar una rifa a circular en el ámbito de este Partido.

Considerando

Que no existe impedimento alguno para otorgar la autorización solicitada.

Que corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase a A.L.C.E.C. 9 de Julio a realizar una rifa a circular en el ámbito de éste Partido, que sorteará por medio de la Quiniela Nacional Nocturna.

ARTICULO 2º: Se emitirán 2.500 boletas con dos números de cuatro cifras cada una, siendo el valor de la misma de pesos un mil quinientos ($ 1500) pagaderos de contado o en 6 cuotas de pesos cien ($ 100) de la 1º a la 6º y pesos ciento cincuenta ($ 150) de la 7º a la 12º. El detalle de los premios y calendario de los sorteos es el siguiente:

- SORTEOS MENSUALES: Participan desde el momento de la compra hasta el último sorteo establecido. Los sorteos serán el último sábado de cada mes de la Quiniela Nacional nocturna, siendo el primer sorteo el último sábado de octubre de 2018, y el último sorteo mensual el último sábado de noviembre de 2019:

1º PREMIO: UNA ORDEN DE COMPRA POR $ 5.000 (PESOS CINCO MIL).

2º AL 4º PREMIO: UNA ORDEN DE COMPRA POR $ 2.500 (DOS MIL QUINIENTOS). Los premios se adjudicarán a los titulares de las rifas cuyo número coincida con las cuatro cifras del número favorecido en primer lugar del sorteo del último sábado de cada mes.

- SORTEO POR PAGO CONTADO: Se hará entrega de un cupón a todos los adquirentes que hayan abonado la totalidad de la rifa en un solo pago, con el que participarán por un sorteo de UN FORD FIESTA 0 Km. El mencionado cupón tendrá un número de 4 cifras y sorteará por medio de la Quiniela Nacional nocturna el último sábado de junio de 2019.

- SORTEO FINAL: Participan del sorteo final quienes hayan totalizado el pago de las cuotas antes del día 28 de diciembre de 2019. Los premios se adjudicarán a los titulares de las rifas cuyos números coincidan con los del primer al décimo lugar del sorteo de la Quiniela Nacional nocturna del día mencionado.

1º PREMIO: UNA ORDEN DE COMPRA POR $ 150.000 (PESOS CIENTO CINCUENTA MIL)

2º AL 5º PREMIO: UNA ORDEN DE COMPRA POR $ 7.500 (PESOS SIETE MIL QUINIENTOS)

6º AL 10º PREMIO: UNA ORDEN DE COMPRA POR $ 6.500 (PESOS SEIS MIL QUINIENTOS)

LA modalidad del sorteo final es SALE O SALE, En caso de no salir ningún adjudicado en el sorteo del primer lugar, se adjudicará a aquel cuya rifa coincida con el primer número del 2º al 20º del mismo sorteo de Quiniela Nacional. Si llegara a seguir vacante, se sorteará en vivo en el canal local. En caso de que la Institución suspendiere o postergare por causas de fuerza mayor una de las fechas indicadas para los sorteos, se comunicará a los poseedores de las boletas, mediante publicación en el diario de mayor circulación de la ciudad, la fecha en la que se realizarán los sorteos.

ARTICULO 2º: La Entidad organizadora deberá cumplir con el depósito previsto en el artículo 8 de la Ordenanza 5354/14 y el Decreto Nº 1638/2014.

ARTICUL0 3º: La Entidad organizadora deberá rendir cuenta de la entrega de los premios, identificando a los beneficiados con nombre y documento de los mismos.

ARTICULO 4º: Previo a la circulación de la rifa las boletas deberán ser selladas en la Municipalidad.

ARTICULO 5º: En caso de suspensión o postergación del sorteo se deberá notificar a este Municipio.

ARTICULO 6º: Refrenda el presente el Señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.