Boletines/Nueve de Julio

Decreto Nº3346/18

Decreto Nº 3346/18

Nueve de Julio, 26/09/2018

MATADERO DUDIGNAC S.A. – PRORROGA DE CONCESION.

Visto

La solicitud de prórroga del contrato de concesión de uso peticionada por el “Matadero de Dudignac S.A.”.

Considerando

Que se encuentra suscripto un contrato de concesión de uso entre la Municipalidad de 9 de Julio y “Matadero de Dudignac S.A.” con fecha 8 de mayo de 2012.

Que mediante Decreto 1584/2017 se prorrogó el contrato de concesión de uso por el término de seis (6) meses contados a partir del día 22 de junio de 2017. Que mediante Decreto Nº 3845 se prorrogó el mismo contrato por el término de un (1) años contados a partir del día 23 de diciembre de 2017. Que la actividad desarrollada representa la única fuente de ingresos de al menos 25 familias de la localidad de Dudignac. Que el Municipio debe asegurar el abastecimiento de las necesidades de la población, a través de la provisión y prestación del servicio de faenamiento. Que el plazo de la citada prórroga concluye el día 23 de diciembre de 2018. Que resulta necesario y conveniente asegurar la continuidad de la actividad hasta tanto se resuelva la nueva concesión de uso. Que las obras a realizar para asegurar la continuidad de actividad resultan de gran envergadura y elevado costo. Que por las particularidades del caso (obras a realizar para asegurar el funcionamiento) resulta conveniente eximir al “Matadero de Dudignac S.A.” del pago del canon respecto al plazo por el cual se otorga la presente prórroga. Que el marco normativo aplicable al caso, Decreto-Ley 9533/80 y Ley Orgánica de las Municipalidades, así como también la doctrina emanada de los Órganos Provinciales competentes, confieren facultades suficientes al Departamento Ejecutivo para dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones,DECRETA:

ARTICULO 1º: Prorróguese por el término de un año (1) contado a partir del día 23 de Diciembre de 2018, la concesión de uso del Matadero Municipal de la localidad de Dudignac conferida a la firma “Matadero de Dudignac S.A.” mediante contrato de fecha 8 de mayo de 2012, prorrogada mediante Decreto 1584/2017 y Decreto 3845/2017.

ARTÍCULO 2º: Mantiénese todas las obligaciones asumidas por el concesionario y normadas en el contrato de concesión oportunamente suscripto entre las partes hasta la finalización del plazo estipulado en el Artículo 1º y la recepción del Matadero por parte del Municipio; a excepción del canon, sobre el cual el concesionario queda eximido por la plazo comprendido entre el 23 de Diciembre de 2018 al 23 de Diciembre de 2019 inclusive.

ARTICULO 3º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Hacienda.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.