Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 3210/18
Nueve de Julio, 12/09/2018
TASA PARA BOMBEROS VOLUNTARIOS – LIQUIDACION.
Visto
Lo dispuesto en el Capítulo XXII, Artículo 197 de la Ordenanza Fiscal vigente.
Los informes de los funcionarios intervinientes, obrantes en el Expte Nº 4082-129/2010.
Considerando
Que resulta necesario determinar el monto recaudado en concepto de la Tasa para Bomberos Voluntarios que será transferido a las distintas Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
Los fondos que quedaron afectados del ejercicio anterior
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Establécese según el informe que se percibió en el periodo 01/07/2018 al 31/08/2018 un total de pesos doscientos sesenta y un mil quinientos sesenta con 12/100 ($ 261.560,12) en concepto de Tasa por Bomberos Voluntarios y un total de pesos once mil setecientos ochenta y siete con veintisiete 27/100 ($ 11.787,27) en concepto de Tasa por Bomberos Voluntarios Ejercicios Anteriores. Teniendo en cuenta el costo de cobranza y los gastos administrativos (comisión bocas de cobranza más gastos administrativos) el importe a distribuir total pasaría a ser de pesos doscientos cincuenta y siete mil seiscientos treinta y seis con 72/100 ($ 257.636,72) y de once mil seiscientos diez con 49/100 ($ 11.610,49). Dicha suma contiene la deducción de los gastos administrativos y financieros correspondientes al bimestre.
ARTICULO 2º: Transfiérase a las siguientes Asociaciones el porcentaje de la suma determinada en el Artículo 1º que se indica a continuación:
Tasa por Bomberos Voluntarios:
- Asociación Cooperadora de Bomberos Voluntarios de Facundo Quiroga.- Entidad de Bien Público Nº 2: 14,25 %, equivalente a la suma de pesos treinta y seis mil setecientos trece con 23/100 ($ 36.713,23).-
- Asociación Bomberos Voluntarios de Dudignac.- Entidad de Bien Público Nº 58: 13,76 %, equivalente a la suma de pesos treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta con 81/100 ($ 34.450,81).
- Asociación Bomberos Voluntarios de 9 de Julio.- Entidad de Bien Público Nº 41: 71,99 %, equivalente a la suma de pesos ciento ochenta y cinco mil cuatrocientos setenta y dos con 67/100 ($ 185.472,67).
Tasa por Bomberos Voluntarios Ejercicios anteriores:
- Asociación Cooperadora de Bomberos Voluntarios de Facundo Quiroga.- Entidad de Bien Público Nº 2: 14,25 % equivalente a la suma de pesos mil seiscientos cincuenta y cuatro con 49/100 ($ 1.654,49).
- Asociación Bomberos Voluntarios de Dudignac.- Entidad de Bien Público Nº 58: 13,76 %, equivalente a la suma de pesos mil quinientos noventa y siete con 60/100 ($ 1.597,60).-
- Asociación Bomberos Voluntarios de 9 de Julio-Entidad de Bien Público Nº 41: 71,99%, equivalente a la suma de pesos ocho mil trescientos cincuenta y ocho con 37/100 ($ 8.358,37)
ARTICULO 3º: Impútase a 1110112000 Secretaria de Administración y Hacienda- Programa 20 Administración integrada de los Recursos Reales y Financieros – Actividad 03 Ingresos Públicos.
ARTICULO 4º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Administración y Hacienda.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.