Boletines/Zárate
Decreto Nº 481/25
Zárate, 30/09/2025
Visto
La Ordenanza Nº 5299, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate en fecha 25/09/2025; y
Considerando
Que, mediante la Ordenanza Nº 5299, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, extiende el plazo para la utilización de los recursos del FO.MU.VI por el término de dos (2 años), aprueba rendición de cuentas, y convalida Resolución ENDEZA Nº 64;
Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769/58, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
DECRETA
ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5299.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Dn. IGNACIO JERONIMO SUAREZ OGALLAR.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.-
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 279/25.-
V I S T O:
La Ordenanza N°5063 del 29/12/2023 y el expediente Nro. 4121-8710- 2024, y
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante la sanción de la Ordenanza N°5063, se creó un programa de reparación, mantenimiento y mejora de viviendas que hayan sido dañadas o afectadas en su habitabilidad, mediante el otorgamiento de créditos blandos en plazo y en los términos y condiciones establecidos por ENDEZA, con financiamiento del Fondo Municipal de Vivienda (FO.MU.VI.), integrado por todos los recursos provistos por la Ordenanza N°3923, suspendiéndose por el término de un (1) año la entonces metodología de aprobación de proyectos que en ella se establecía.
Que, mediante Decreto N°357/2024 se fijó la comisión para ENDEZA del diez por ciento (10%) sobre los intereses cobrados de los créditos otorgados.
Que, por otra parte, y mediante Decreto N°847/2024, se designa a ENDEZA como Autoridad de Aplicación del Proyecto de Extensión de Redes Cloacales del Barrio Artesanía, obra a cargo de los vecinos, por sí o a través de financiamiento de ENDEZA con fondos del FO.MU.VI. toda vez que conforme Ordenanza N°3923, se estableció que dichos recursos solo podrán ser afectados a resolver problemas habitacionales de relación directa con el objeto de creación de este fondo … como, por ejemplo: … obras de provisión de servicios (agua, luz, cloacas, redes eléctricas, desagües…) (artículo 4°).
Que, dicha habilitación se encuentra contemplada en el artículo 9° de la Ordenanza N°5063 al establecer que una vez agotadas las solicitudes de créditos, ENDEZA podrá continuar realizando este tipo de créditos para proyectos de similares características (artículo 10°).
Que, por Resolución ENDEZA Nro. 64 se estableció que con recursos del FO.MU.VI. se otorgará financiamiento para aquellos vecinos que así lo soliciten mediante suscripción del Contrato de Obra con Determinación de Pago, a los fines de adherirse a las obras de redes colectoras de desagües del Barrio Artesanía.
Que, habiendo transcurrido el plazo previsto en la Ordenanza N°5063 y toda vez que la rendición de cuentas del gasto efectuado se presentó al Departamento Ejecutivo Municipal bajo el expediente Nro. 4121-8710- 2024, se remiten los actuados a consideración de este Concejo.
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 279/25.-
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A Nº 5 2 9 9.-
ARTÍCULO 1º.- Extiéndase el plazo para la utilización de los recursos del FO.MU.VI. por el término de dos (2) años establecido en el artículo 1° de la Ordenanza N°5063.-
ARTÍCULO 2º.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por el Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA) bajo el expediente Nro. EJE4121-8710-2024, convalidando las actuaciones cumplidas por dicho Ente en el marco de la Ordenanza N°5063.
ARTÍCULO 3º.- Convalídese las actuaciones cumplidas por el Presidente de ENDEZA conforme dictado de Resolución ENDEZA Nro. 64 en el marco de las Obras de Redes Colectares de Desagües Cloacales del Barrio Artesanía.
ARTÍCULO 4º.- Autorizar al Ente Municipal de Desarrollo de Zárate (ENDEZA) a continuar realizando este tipo de créditos para proyectos de similares características.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los veinticinco días del mes de Septiembre de dos mil veinticinco