Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1561/25
Mar Chiquita, 01/09/2025
Visto
La nota remitida por el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon solicitando la designación de los siguientes profesionales para prestar atención en el Caps. de Santa Clara del mar dependiente de dicha Secretaria; y
Considerando
Que de acuerdo a lo previsto por la ley Orgánica de las Municipalidades en sus artículos 108 inc. 9, y 178 inc. 1º y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y personal temporario;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: DESIGNASE, como PERSONAL de PLANTA TEMPORARIA, que prestarán atención profesional en la UNIDAD SANITARIA DE SANTA CLARA DEL MAR dependiente de la SECRETARÍA DE SALUD, a partir del día 01 de septiembre de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive, a las siguientes personas:
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NOMBRE Y APELLIDO |
LEG. |
DATOS PERSONALES |
HORARIOS |
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KOVACHS Cielo Carolina |
4774 |
DNI 42.517.427 CUIL 23-42517427-4 Fecha de Nacimiento 27/03/2025 Medica |
Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar Guardias Médicas Activas 12hs Días Hábiles: Martes de 07:00 a 19:00 hs Miércoles de 21:00 a 09:00 hs Guardias Médicas Activas 24 hs días no hábiles: Sábados de 08:00 a 08:00 hs. Domingos de 08:00 a 08:00 hs
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MONOPOLI Francisco Javier |
4775 |
DNI 35.557.050 CUIL 23-35557050-9 Fecha de Nacimiento 27/09/1991 Medico |
Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar Guardias Médicas Activas 24hs Días Hábiles: Viernes de 08:00 a 08:00 hs Guardias Médicas Activas 24 hs días no hábiles: Domingos de 08:00 a 08:00 hs
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ARTICULO 2º: El gasto ordenado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110128000 - Secretaría de Salud – Programa 81 del Presupuesto de Gastos aprobado para el ejercicio 2025.
ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud Pública informará a la Contaduría Municipal las guardias médicas realizadas por el profesional citado hasta el día 15 de cada mes.
ARTICULO 4 º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Ricardo Ludovico Gordon y por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio
ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal tiempo y forma, a quienes demás corresponda, y dese al Registro Oficial.