Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1527/25
Mar Chiquita, 27/08/2025
Visto
El Expediente Nº 508/2025 donde tramita el llamado a Licitación Pública Nº 004/25 correspondiente a la “ADQUISICION DE RETROPALA”;
La solicitud del Proveedor Municipal N° 894 “ZMG ARGENTINA S.R.L.”; y
Considerando
Que, dicho acto licitatorio ha sido dispuesto mediante Decreto Nº 1218 de fecha 30 de Junio de 2025, con un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento Cuarenta y Cinco Millones ($ 145.000.000,00);
Que, la Oficina de Compras Municipal cursó la respectiva invitación al Proveedor Municipal N° 894 “ZMG ARGENTINA S.R.L.” a los fines de que participe en el proceso licitatorio;
Que, en fecha 17 de julio del corriente, la referida Firma adquirió un ejemplar del Pliego de Bases y Condiciones por la suma de $290.000,00;
Que las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones establecen que la Administración no admitirá ofertas que contengan dentro de la cotización elementos/componentes de origen chino;
Que la Firma “ZMG ARGENTINA S.R.L.” solicita a esta Administración la devolución del monto de adquisición de pliego para la licitación referida abonado, toda vez que conforme ha declarado oportunamente, es distribuidora exclusiva de la Marca “Liugong”, que resulta ser de origen chino;
Que del cotejo del Legajo de Proveedor N° 894 obra agregada el Certificado de Distribución de la Firma solicitante, donde consta ser distribuidor de la Marca Liugong”, autorizado para operar con exclusividad;
Que asistiéndole razón a los dichos esgrimidos en la solicitud referenciada en el Visto del presente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: FACULTESE, a las oficinas competentes, a la devolución de los fondos ingresados en concepto de venta de Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nº 04/25 correspondiente a la “ADQUISICION DE RETROPALA, a la Firma “ZMG ARGENTINA S.R.L.”, C.U.I.T. 30-71037617-0, conforme los Considerandos del presente.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.
ARTICULO 3°: NOTIFÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro Oficial y publíquese.