Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1534/2025
Benito Juarez, 30/09/2025
Visto
lo actuado en Expediente Letra “A” Nº 114/19, en el cual a fs. 111 la Directora General de Recursos Humanos solicita se dictamine acerca de la antigüedad del agente ROLDAN FRANCO DANIEL (LP 3309); y
Considerando
que el agente de la referencia contaba con un ingreso como trabajador municipal que data del día 01 de Julio del año 2014;
QUE mediante Decreto Municipal N° 1456/17 de fecha 22 de Septiembre del año 2017, se resolvió la cesantía del agente en cuestión como producto del Sumario Administrativo realizado;
QUE luego de la sentencia recaída en los autos, se dicta el Decreto Municipal N° 703/2020 de fecha 01 de Junio del año 2020, donde se declara la plena validez del Decreto Municipal N° 1468/2019 en cuanto a la reincorporación del agente Roldan Franco Daniel, en el cargo que detentaba al momento de su cesantía en las Cámaras de Seguridad, en la categoría 2 con un régimen de 40 horas semanales, computando la antigüedad que detentaba al momento del cese, contada a partir de su ingreso el día 1 de Julio del 2014;
QUE con la liquidación abonada conforme sentencia judicial, se ha abonado la antigüedad correspondiente al período en el que estuvo sin prestar servicios, es decir desde el 22 de Septiembre del año 2017 y hasta su efectiva reincorporación el día 19 de Junio del año 2020;
QUE a fs. 112 y 113 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna aduciendo que, consecuentemente, se deberá computar la antigüedad del agente Franco Daniel Roldan (L.P.3309), desde el día 01 de Julio del año 2014, detentando al día de la fecha una antigüedad de 11 años 2 meses 29 días;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.- Reconózcase la ANTIGÜEDAD al agente ROLDAN FRANCO DANIEL (LP 3309), correspondiente al periodo comprendido entre el 01 de Julio del año 2014, detentando al día de la fecha una antigüedad de 11 años, 2 meses y 29 días, de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “A” Nº 114/19.
Artículo 2º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 3º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, Contaduría y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1534.-