Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº756/2025

Decreto Nº 756/2025

Adolfo Gonzales Chaves, 17/09/2025

Visto

El Expediente 4055-25-2025, mediante el cual se tramitan Ayudas Económicas Para Pago de Servicios a Personas Carenciadas; y

Considerando

La necesidad de dar respuesta concreta a las carencias emergentes de la situación por la que atraviesan las familias en estado de vulnerabilidad social;

Lo solicitado por la Directora de Igualdad Social a fojas 125 y 129;

Las encuestas socioeconómicas de fojas 126 y 130;

Las facturas y/o constancias de deuda de los servicios, obrantes a fojas 128 y 131;

Que Contaduría Municipal informó partida presupuestaria donde se imputarán los gastos tramitados en el presente Expediente, durante el ejercicio 2025;

Por ello;

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar una ayuda económica a las personas que a continuación se detallan, para abonar servicios de la vivienda que habitan:

  • pesos setenta y seis mil setecientos cinco con 08/100 ($76.705,08) a María Florencia Maldonado, DNI Nº 42.461.723. El pago deberá efectivizarse al CBU 0140398301637600000865, alias: coopeserctacte8-6, Cuenta Corriente Nº 8/6, correspondiente a la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos, De La Garma; y

  • pesos setenta y siete mil ochocientos setenta y cuatro con 78/100 ($77.874,78) a Mirta Lidia Olavarrieta, DNI Nº 11.531.912. El pago deberá efectivizarse al CBU 0140398301637600000865, alias: coopeserctacte8-6, Cuenta Corriente Nº 8/6, correspondiente a la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos, De La Garma.-

 

ARTÍCULO 2º.- El gasto mencionado se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción 1110136000 Secretaría de Gobierno

Programa 24.01.00: Administración de la Dirección de Igualdad Social

Fuente de Financiamiento 110: de origen municipal

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.4.1 Ayudas sociales a personas

 

ARTÍCULO 3º.-Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Igualdad Social.-

 

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-