Boletines/Lobería

Decreto Nº1602-25

Decreto Nº 1602-25

Lobería, 03/10/2025

DESE DE BAJA de la Administración Municipal.

Visto

Lo dispuesto en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, La Ley Nº 9.650/80 y sus modificatorias, la Ley 14.656, el artículo 34 inciso g) del Anexo Único de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-; y

Considerando

QUE, la Dirección de Personal y Recursos Humanos informa que el agente municipal GUSTAVO LUIS FERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 13.058.873, Legajo Nº 1.236, reúne las condiciones legales necesarias para acogerse a los beneficios jubilatorios por jubilación ordinaria, a partir del 1º de enero de 2026;
QUE, dicha circunstancia se encuadra en lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 9.650/80 y sus modificatorias, el artículo 34 inciso g) de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario    Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-;    
QUE, el referido agente expresa su voluntad de optar por la percepción del anticipo jubilatorio, revistando a la fecha de cese como Personal Profesional, Clase I, Categoría 19, de 30 horas semanales;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- DESE DE BAJA de la Administración Municipal, a partir del 1º de enero de 2026, al agente GUSTAVO LUIS FERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 13.058.873, Legajo Nº 1.236, para acogerse a los beneficios jubilatorios por jubilación ordinaria, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley 9.650/80 y sus modificatorias, el artículo 34 inciso g) del la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, revistando a la fecha de cese como Personal Profesional, Clase I, Categoría 19 y un régimen de 30 horas semanales, afectado a la Jurisdicción: “111011000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 35 Dirección de los Centros de Atención Primaria de Salud – 01 Conducción y Administración –  1.1.0.0. Personal de Planta Permanente”, optando por la percepción del anticipo jubilatorio.
ARTÍCULO 2.- Envíese copia del presente al agente mencionado a modo de fehaciente comunicación.

ARTÍCULO 3.- Practíquese por las oficinas que correspondan la liquidación final de haberes.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Oficina de Seguros, Dirección de Personal y Recursos Humanos, Secretaría de Salud y Desarrollo Social, Dirección de los Centros de Atención Primaria de Salud, I.O.M.A., Asociación Sindical de Trabajadores Municipales y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.