Boletines/Lujan
Decreto Nº 1042
Lujan, 26/06/2025
Recategorización y ampliación de la Bonificación por Disposición Permanente de agentes de Atención Primaria de Salud
Visto
el Expediente EX-2025-00043598- -MUNILUJAN-DRH#SGPC por el que tramitan el incremento de bonificación por disposición permanente para los agentes municipales que desempeñan funciones en la Dirección de Atención Primaria de la Salud; y
Considerando
Que en orden Nº02 el Secretario de Salud solicita el incremento de bonificación por disposición permanente al 50%, para los agentes municipales que desempeñan funciones en la Dirección de Atención Primaria de la Salud como enfermeros/as bajo la categoría personal técnico, motivado en la necesidad de contar con personal a disposición a raíz del aumento significativo de trabajo que se ha producido en el área como consecuencia de la provincialización del "Hospital Zonal Ntra. Sra. de Luján", así como de las estrategias de salud comunitaria y territorial implementadas que incluyen campañas y dispositivos tanto a nivel provincial como local.
Que en orden Nº 03 el Secretario de Economía y Finanzas presta conformidad a lo requerido por el Secretario de Salud.
Que en orden Nº 04 la Dirección de Recursos Humanos toma conocimiento de lo requerido y presta conformidad a lo solicitado.
Que en orden Nº06 mediante informe gráfico Nº IF-2025-00044048-MUNILUJAN-SS la Secretaría de Salud incorpora nómina de los agentes a los que incrementar la bonificación solicitada.
Que en orden Nº10 el Departamento de Personal efectúa informe de situación de revista incorporado al documento identificado como IF-2025-00045117-MUNILUJAN-DRH#SGPC.
Que en orden Nº 12 la Dirección de Recursos Humanos informa las clases a promover de los agentes que se encuentran en condiciones de ser recategorizados conforme a la antigüedad que registran, asimismo advierte que no corresponde asignar lo requerido a la agente Asselborn Estefanía, legajo N° 5821, en virtud de la solicitud cursada por la agente, la cual tramita por expediente N° EX-2025-00042298-MUNILUJANDRH#SGPC.
Que en orden Nº 14 el Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana toma conocimiento de lo solicitado por el Secretario de Salud.
Que en orden Nº 16 el Jefe de Gabinete presta conformidad en referencia al incremento de bonificación por disposición permanente y recategorizacion de los agentes municipales.
Que en orden Nº 18 toma vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal, mediante providencia Nº PV-2025-00058941-MUNILUJAN-CM#SEF.
Que en orden Nº 20 el Secretario de Economía y Finanzas presta conformidad al incremento de la bonificación por disposición permanente al 50% del sueldo básico al personal de enfermería que se desempeña en el ámbito de la Secretaría de Salud.
Que en orden Nº 23 se incorpora informe gráfico Nº IF-2025-00065988-MUNILUJAN-DRH#SGPC, en el cual luce certificado de formación profesional “Auxiliar de Enfermería” de la agente Cornejo Romina. Que en orden Nº 24 el Director de Recursos Humanos emite informe sobre las agentes Cornejo Romina y Giménez Yanina.
Que en orden Nº 25 en providencia PV-2025-00067956-MUNILUJAN-DRH#SGPC se solicita a la Secretaria de Salud que se expida sobre la carga horaria de las agentes Muñoz Silvia Noemí y Hereñu Norma Beatriz, asimismo se informa que la agente Vidal Adriana quedará excluida del trámite solicitado en virtud de que la misma se encuentra gozando de reducción horaria en beneficio de haber efectuado cierre de cómputos para acogerse a la jubilación por edad avanzada.
Que en providencia Nº PV-2025-00080968-MUNILUJAN-DAPS#SS el Director de Atención Primaria de la Salud, solicita la ampliación horaria a 48 hs. semanales de las agentes Muñoz Silvia Noemí y Hereñu Norma Beatriz.
Que, conforme a lo indicado en los considerandos anteriores, corresponde efectuar el acto administrativo correspondiente, a partir del 01 de junio de 2025.
Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y artículo 66º de la Ley Nº 14.656.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Autorizase las recategorizaciones de los y las agentes municipales de planta permanente, que a continuación se detallan y que prestan servicios en la Dirección de Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Secretaría de Salud, manteniendo las bonificaciones que cada uno de ellos percibe, a partir del 01 de junio de 2025:
PERSONAL TÉCNICO CLASE VI DE 48 HORAS SEMANALES
PERSONAL TÉCNICO CLASE V DE 48 HORAS SEMANALES
PERSONAL TÉCNICO CLASE V DE 35 HORAS SEMANALES
PERSONAL TÉCNICO CLASE IV DE 48 HORAS SEMANALES ORTIZ,
PERSONAL TÉCNICO CLASE II DE 48 HORAS SEMANALES
PERSONAL TÉCNICO CLASE II DE 35 HORAS SEMANALES
TÉCNICO CLASE I DE 48 HORAS SEMANALES
Artículo 2°.- Autorizase la ampliación horaria a 48 horas semanales de las agentes municipales de planta permanente que a continuación se detallan y que desempeñan funciones en la Dirección de Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Secretaria de Salud, a partir del 01 de junio 2025:
PERSONAL TÉCNICO CLASE V DE 48 HORAS SEMANALES
PERSONAL TÉCNICO CLASE II DE 48 HORAS SEMANALES
Artículo 3°.- Incrementase la BONIFICACIÓN POR DISPOSICIÓN PERMANENTE AL 50%, a los y las agentes municipales de planta permanente que a continuación se detallan y que desempeñan funciones en la Dirección de Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Secretaria de Salud, a partir del 01 de junio 2025:
PERSONAL TECNICO CLASE VII DE 48 HS. SEMANALES
PERSONAL TECNICO CLASE VI DE 48 HS. SEMANALES
PERSONAL TECNICO CLASE V DE 48 HS. SEMANALES
PERSONAL TECNICO CLASE IV DE 48 HS. SEMANALES
PERSONAL TECNICO CLASE II DE 48 HS. SEMANALES
PERSONAL DE SALUD - AUXILIAR DE ENFERMERIA CLASE III DE 48 HORAS SEMANALES
Artículo 4°.- Modificase el porcentaje de la BONIFICACIÓN POR TITULO AL 8%, a la agente municipal de planta permanente Romina Alejandra CORNEJO, legajo Nº 5917, actual Personal Técnico Clase V de 48 hs. semanales, a partir del 01 de junio 2025.
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 1º, 2º, 3º y 4° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
16.- Secretaría de Salud.
42.- Prevención y Control de Riesgos y Enfermedades.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
01.- Personal Permanente.
01.- Retribuciones del Cargo
Artículo 6º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archivase.