Boletines/Lujan

Decreto Nº927

Decreto Nº 927

Lujan, 06/06/2025

Designa a Julio Alberto Lucesoli como Coordinador de Prevención y Participación Ciudadana

Visto

el Expediente N° EX-2025-00064830- -MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que tramita la designación interina de Personal Jerárquico – Coordinador, del agente Christopher Julio Alberto Lucesoli, y

Considerando

Que en orden Nº 02, el Jefe de Gabinete solicita designar al agente municipal Julio Alberto Lucesoli en la categoría de Personal Jerárquico – Coordinador (interino), para cumplir funciones como “Coordinador de Prevención y Participación Comunitaria” de la Secretaria de Protección Ciudadana, manteniendo la bonificación por título del 8% que actualmente percibe y reservando el cargo que actualmente cumple como Inspector Fiscalizador de 48 horas semanales.

Que, en efecto, el Jefe de Gabinete destaca que serán sus funciones las de fomentar, promover, coordinar, elaborar y fortalecer, acciones de prevención comunitaria.

Que, para esos fines, en orden N°03 el Director de Recursos Humanos toma intervención en el marco de sus competencias y solicita informe de situación de revista.

Que en orden Nº 05, el Departamento de Personal emite informe Nº IF-2025-00066701-MUNILUJANDRH#SGPC, en el cual indica que el agente Julio Alberto Lucesoli, titular del DNI Nº 12.676.806, legajo Nº7399, ingresó a la comuna el día 1° de enero del 2021, revistiendo en la actualidad como personal inspector fiscalizador de 48 hs. semanales, en la planta permanente, percibiendo en sus haberes bonificación por título del 8%, la bonificación por conductor del 8% y la bonificación por disposición permanente del 50% del sueldo básico, cumpliendo funciones en la Secretaría de Protección Ciudadana.

Que en orden Nº 08, el Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, toma vista y conocimiento de la designación del agente Lucesoli como Coordinador.

Que en orden Nº 10, el Secretario de Economía y Finanzas toma conocimiento de lo requerido y solicita que se informe la imputación presupuestaria del gasto.

Que en orden Nº 12, luce imputación presupuestaria efectuada por la Contaduría Municipal.

Que corresponde proceder con la designación de Personal Jerárquico-coordinador (interino), del agente Julio Alberto Lucesoli, quien desempeña funciones en la Secretaría de Protección Ciudadana, a partir del 1° de junio de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025.

Que el presente se dicta por petición de la Jefatura de Gabinete y en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N°6769/58, artículo 66° de la Ley N°14.656.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Designase interinamente al agente municipal de planta permanente Julio Alberto LUCESOLI, legajo N°7399, como Personal Jerárquico – Coordinador de “Prevención y Participación Comunitaria” dependiente de la Secretaria de Protección Ciudadana, a partir del 1° de junio de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, manteniendo la bonificación título del 8% del sueldo básico, cuyas funciones de la Coordinación de Prevención y Participación Comunitaria serán: diseñar, implementar y evaluar políticas y programas de prevención del delito y la violencia; fomentar la participación comunitaria; brindar acompañamiento y orientación primaria a víctimas de delitos o situaciones de violencia; fortalecer el vínculo entre el Estado Municipal y las organizaciones.

Artículo 2º.- Limitase la bonificación por disposición permanente del 50% del sueldo básico, establecida en el artículo 27 de la Ordenanza Nº8725, al agente Julio Alberto LUCESOLI, legajo N°7399, a partir del 1° de junio de 2025.

Artículo 3º.- Limitase la bonificación por conductor del 8% del sueldo basico, establecida en el artículo 29 de la Ordenanza Nº8725, al agente Julio Alberto LUCESOLI, legajo N°7399, a partir del 1° de junio de 2025.

Artículo 4°.- Hágase reserva del cargo que ocupa el agente municipal Julio Alberto LUCESOLI, legajo N °7399, como personal inspector fiscalizador de 48hs. semanales, mientras permanezca vigente la designación efectuada por artículo 1°.

Artículo 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

26.- Secretaría de Protección Ciudadana.

01.01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos en Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 6º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.