Boletines/Lobería

Decreto Nº1515-25

Decreto Nº 1515-25

Lobería, 23/09/2025

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.959/24, el Decreto Nº 048/25; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Giachino, designada con el N° 11 y ubicada en calles Alem y Mitre de la localidad de San Manuel, Partido de Lobería;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el titular de la referida dependencia ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 048/25, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 20 de setiembre de 2025;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 048/25, que realizarán trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Giachino, identificada con el N° 11 y ubicada en calles Alem y Mitre de la localidad de San Manuel, Partido de Lobería, a partir del 20 de setiembre de 2025:
APELLIDO Y NOMBRE                             DOCUMENTO                   
SOCHI, ROBERTO VICENTE                      24.332.571    
SOCHI, CARLOS ALFREDO                        30.197.809
RÍOS, DANIEL                                              16.941.869                                                       
ARTÍCULO 2.- La tarea específica a realizar se detalla a continuación:
•  Desmonte y construcción de techo, cargas y revoque
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DOS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL ($ 2.064.000.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 288.000. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia habitacional – 5.2.1.0 Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.