Boletines/Mercedes

Decreto Nº1798/2025

Decreto Nº 1798/2025

Mercedes, 08/08/2025

Visto

            El expediente N.º EX-2025-00062997- -MERCEDES-DDEP#SSAL, por el cual se solicita declarar de interés municipal la visita del Seleccionado Nacional de Voleibol U17 Masculino a nuestra ciudad entre los días 15 al 21 de septiembre de 2025, con motivo de realizar una concentración deportiva preparatoria para futuras competencias; y

Considerando

            Que dicha visita constituye un acontecimiento deportivo de relevancia nacional, fortaleciendo los vínculos institucionales y promoviendo el desarrollo del deporte en nuestra ciudad;

            Que la concentración contará con la presencia de 22 integrantes entre deportistas y cuerpo técnico, y contempla actividades de interés comunitario tales como partidos amistosos, charlas para entrenadores, preparadores físicos y kinesiólogos, visitas a escuelas primarias y encuentros de mini vóley;

            Que la Federación Argentina de Voleibol ha solicitado el acompañamiento del Municipio mediante la provisión de los siguientes servicios:

  • Alojamiento Deportivo Municipal durante el período mencionado.
  • Comidas diarias: desayuno, almuerzo, merienda y cena.
  • Traslados desde la Terminal de Ómnibus al lugar de alojamiento y al Centro de Educación Física N.º 40.
  • Servicio de emergencia médica.
  • Hidratación durante entrenamientos.
  • Servicio de lavandería para la ropa de entrenamiento.

Que el Estado Municipal considera prioritario el fomento del deporte formativo y la colaboración con instituciones de nivel nacional;

Por ello, EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MERCEDES en uso de las facultades legales que le son propias

 DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la visita del Seleccionado Nacional de Voleibol U17 Masculino, que se llevará a cabo en la ciudad de Mercedes del 15 al 21 de septiembre de 2025, en el marco de su concentración deportiva preparatoria.

ARTÍCULO 2º:Autorízase a brindar, durante el desarrollo de la actividad mencionada, los siguientes servicios:


a) Alojamiento en el Alojamiento Deportivo Municipal.
b) Comidas diarias (desayuno, almuerzo, merienda y cena).
c) Traslados desde la Terminal de Ómnibus hacia el lugar de alojamiento y hacia el Centro de Educación Física N.º 40.
d) Servicio de emergencia médica.
e) Hidratación para los entrenamientos.
f) Servicio de lavandería para la ropa de entrenamiento de jugadores y cuerpo técnico.

ARTÍCULO 3º:Autorízase a la Contaduría Municipal a liberar los pagos correspondientes a los servicios autorizados en el artículo anterior.

ARTÍCULO 4º: Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputarán a las partidas presupuestarias del sistema RAFAM que el Departamento Ejecutivo Municipal estime corresponder.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.