Boletines/Lujan
Decreto Nº 883
Lujan, 28/05/2025
EX-2025-00038209- -MUNILUJAN-DRH#SGPC - Bonificación por Disposición Permanente agente Martínez Ceyba Alma Valentina
Visto
el expediente EX-2025-00038209- -MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el cual se tramita el otorgamiento de la bonificación por disposición permanente para la agente Alma Valentina Martinez Ceyba; y
Considerando
Que en orden N°2, la Secretaría de Servicios públicos, solicita que se le otorgue la bonificación por disposición permanente del 20% a la agente Martínez Ceyba Alma Valentina, legajo 7949, y motiva el requerimiento en virtud de las tareas que la misma realiza, vinculadas al servicio del Centro de Atención al Vecino, en lo relacionado a reclamos de la ciudadanía, atención en situaciones de emergencias climáticas, y otras situaciones imprevistas que requieren una atención inmediata y coordinada con las distintas áreas operativas.
Que por orden N°3, la Dirección de Recursos Humanos toma conocimiento e interviene en el marco de sus facultades y solicita informe de situación de revista al Departamento de Personal.
Que la agente Martínez Ceyba Alma Valentina, legajo 7949, titular del DNI N°44.110.850, ingresó a esta Comuna el 01/01/2023, y reviste actualmente en la planta permanente, como personal administrativo clase V de 40 hs. semanales, cumpliendo funciones en la Dirección de Mantenimiento Urbano dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, conforme surge del informe incorporado por el Departamento de Personal obrante en orden N°5.
Que en orden N°10, toma vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que en orden N°12, toma vista y presta conformidad Jefatura de Gabinete.
Que en orden N°14, presta conformidad la Secretaría de Economía y Finanzas a los mismos fines y solicita a Contaduría Municipal informe de la imputación presupuestaria.
Que en orden N°16, la Contaduría Municipal informa imputación presupuestaria correspondiente.
Que la Ordenanza N°8725, establece en su artículo 27 una bonificación por disposición permanente el que podrá alcanzar hasta un cuarenta por ciento (40%) del sueldo básico para los agentes que revisten como Personal Jerárquico (con excepción de las categorías de JEFE/A DE DEPARTAMENTO y JEFE/A DE DIVISIÓN y JEFE DE OFICINA INFORMÁTICA), hasta el cuarenta y cinco (45%) del sueldo básico para el personal superior, y hasta el cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico para los agentes que revistan como Categoría Profesional, Técnico, Auxiliar Contable, Analista Contable, Profesional Analista Contable, Profesional Auxiliar Contable Analista RRHH, Auxiliar RRHH, Profesional Analista RRHH, Profesional Auxiliar RRHH, Personal de Salud Programador Senior, Programador Semi Senior, Programador Junior, Personal Obrero, de Servicio, Administrativo e Inspector Fiscalizador, en tanto las razones de servicio exijan la permanencia y/o exclusividad dedicada a la función, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley vigente y previa consideración y autorización del Departamento Ejecutivo. La bonificación establecida en este artículo es excluyente con la retribución por horas extraordinarias; asimismo, no podrá aplicarse en el caso que el agente que sea autorizado a realizar sus tareas laborales de manera remota.
Que corresponde otorgar la bonificación por disposición permanente del 20% a la agente Martinez Ceyba Alma Valentina, a partir del 1 de junio del 2025, en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N°6769/58 y artículo 66° de la Ley N°14.656.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Otorgase la BONIFICACIÓN POR DISPOSICIÓN PERMANENTE contemplada en el artículo 27° de la Ordenanza N°8725, del 20% del sueldo básico, a la agente municipal de planta permanente, Martinez Ceyba Alma Valentina, legajo N°7949, actual Personal Administrativo Clase V de 40 horas semanales, de la Dirección de Mantenimiento Urbano dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, a partir del 1° de junio de 2025.
Artículo 2°. - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
31.- Secretaría de Servicios Públicos.
33.- Mantenimiento de Ejido Urbano y Rural.
03.- Recolección y Disposición Final de Residuos.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
01.- Personal Permanente.
01.- Retribuciones del Cargo.
Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.