Boletines/Lujan
Resolución Nº 159
Lujan, 26/05/2025
Visto
El expediente administrativo 4069-001862/2021 agregado 4069-001862/2021 cuerpo II mediante el cual el Sr. CORIA, MANUEL ANTONIO, D.N.I. N° 20.151.990, en su carácter de APODERADO de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A. C.U.I.T. Nº 30-60737179-9, solicita renovación de habilitación comercial del rubro AUTOSERVICIO MAYORISTA Y MINORISTA DE COMESTIBLES, BAZAR, ARTICULOS DE LIMPIEZA Y PERFUMERIA, con domicilio comercial en RUTA NACIONAL Nº 5 KM 72,000, del Partido Luján; y
Considerando
Que ante la consulta si el uso del suelo del área donde se emplaza el inmueble admite la actividad, el Jefe de Departamento de Catastro informa a fs. 3, que se encuentra emplazado en la Zona AC-AI permitiendo la misma, declarando una superficie total de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1.806,70 m2, depósito 573,00 m2, otras dependencias 660,00 m2), y una superficie descubierta de 1144,54 m2;
Que de fs. 39 a 53 presenta copia certificada del contrato constitutivo de Sociedad Anónima, y su respectiva inscripción en I.G.J. bajo el número 8223 del Libro 94 de Sociedades por Acciones;
Que a fs. 77 y 78 la Dirección de Gestión Ambiental presenta informe técnico de impacto ambiental;
Que de fs. 90 a 102 luce informe y plano electromecánico, realizado por un profesional matriculado;
Que a fs. 103 presenta planos de carga y descarga, ubicación de góndolas, realizado por un profesional matriculado;
Que de fs. 104 a 106 presenta planos de instalación contra incendio, realizado por un profesional matriculado;
Que de fs. 109 a 120 presenta informe acústico, realizado por un profesional matriculado;
Que de fs. 133 a 137 presenta informe final de obra sobre prevención contra incendios emitido por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires;
Que de fs. 174 a 226 presenta estudio de carga de fuego realizado por un profesional matriculado;
Que de fs. 239 a 246 presenta certificación de prueba de sala de bombas de hidrantes, realizado por un profesional matriculado;
Que a fs. 249 luce Decreto Municipal Nº 2202/2019, el cual otorga la Declaración de Impacto Ambiental, aprobada con condicionamientos a la firma Z.R. GROUP S.A. (C.U.I.T 30-71044797-3) para el funcionamiento del autoservicio Diarco S.A. (C.U.I.T. 30-60737179-9), con domicilio en Ruta Nacional Nº 5 Y Nueva Autovía Nº 5, KM. 72, para el rubro Autoservicio mayorista y minorista;
Que a fs. 250 luce Resolución Municipal N° 108/2019, la cual autoriza a la firma Z.R. GROUP S.A. a efectuar movimientos de suelos preliminares para radicar un autoservicio mayorista y minorista, Diarco S.A., en el predio denominado catastralmente Circunscripción: II Parcela: 325h Partida Inmobiliaria: 70451;
Que a fs. 251 luce Resolución Municipal N° 115/2019, la cual autoriza a la firma Z.R. GROUP S.A. a efectuar la presentación de la documentación técnica para radicar un autoservicio mayorista y/o minorista, Diarco S.A. C.U.I.T. N° 30-60737179-9, en el predio denominado catastralmente Circunscripción: II Parcela: 325h Partida Inmobiliaria: 70451, en el marco de la Ordenanza N° 1444 y sus modificatorias en la Ordenanza N° 6771, manteniendo la misma zonificación con la implementación del Código de Ordenamiento Urbano (C.O.U.) promulgado por Decreto N° 2040/19;
Que a fs. 264 la Dirección de Control, Fiscalización e Inspección General informa que realizada la inspección ocular en referencia al Autoservicio Diarco S.A. conjuntamente con personal de Inspección de Bromatología, se considera que reúne las condiciones necesarias para ser habilitado;
Que a fs. 266 la Dirección de Control, Fiscalización e Inspección General informa que el emplazamiento inspeccionado, de la firma Autoservicio Diarco S.A. cumple con lo contemplado en la Ordenanza Nº 6353, estando radicado con la distancia prevista (1,5km) de emprendimientos de similares características. Cumple con lo previsto en el artículo Nº 8 de la misma Ordenanza según lo indicado en los incisos a) b) c) y d) y cumple con las condiciones para ser habilitado;
Que a fs. 271 luce copia de Resolución N° 00087 de fecha 25 de Marzo de 2021, mediante la cual se autorizó la Habilitación Provisoria por el término de noventa (90) días corridos del establecimiento ubicado en RUTA NACIONAL N° 5 KM 72,00 del partido de Luján, cuya superficie total es de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1806,70 m2, depósito 573,00 m2, otras dependencias 660,00 m2), y una superficie descubierta de 1144,54 m2, a favor de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9, mediante Legajo N° 63.557;
Que de fs. 324 a 326 luce copia de Resolución N° RESFC-2022-420-E-MUNILUJAN-SEF, de fecha 27 de Mayo de 2022, mediante la cual se autorizó la Habilitación Provisoria por el término de noventa (90) días corridos del establecimiento ubicado en RUTA NACIONAL N° 5 KM 72,00 del partido de Luján, cuya superficie total es de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1806,70 m2, depósito 573,00 m2, otras dependencias 660,00 m2), y una superficie descubierta de 1144,54 m2, a favor de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9, mediante Legajo N° 63.557;
Que a fs. 328 presentan nota solicitando prórroga para la recolección y realización de la Planilla A del Decreto N° 2372/01 de Factibilidad Provincial que establece la Ley N° 12.573 (Grandes Superficies Comerciales), cuya tramitación es requerida por el Municipio de Lujan, para la obtención de la Habilitación Municipal;
Que de fs. 363 a 366 luce copia de Resolución N° RESFC-2022-680-E-MUNILUJAN-SEF, de fecha 30 de Agosto de 2022, mediante la cual se autorizó la Habilitación Provisoria por el término de noventa (90) días corridos del establecimiento ubicado en RUTA NACIONAL N° 5 KM 72,00 del partido de Luján, cuya superficie total es de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1806,70 m2, depósito 573,00 m2, otras dependencias 660,00 m2), y una superficie descubierta de 1144,54 m2, a favor de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9, mediante Legajo N° 63.557;
Que de fs. 356 a 359 luce copia del Poder General para Gestiones Administrativas a favor de Jonathan Emanuel Arcuri;
Que de fs. 377 a 379 luce copia certificada del Poder General para Gestiones Administrativas: Autoservicio Mayorista Diarco S.A., a favor del Sr. Coria, Manuel Antonio, D.N.I. N° 20.151.990;
Que de fs. 400 a 406 presenta copia de carta de Contrato de Locación, cuyo vencimiento operará el día 30 de Noviembre de 2025;
Que de fs. 434 a 436 luce copia de Resolución N° RESFC-2023-83-E-MUNILUJAN-SEF, de fecha 13 de Febrero de 2023, mediante la cual se autorizó la Habilitación Provisoria por el término de noventa (90) días corridos del establecimiento ubicado en RUTA NACIONAL N° 5 KM 72,00 del partido de Luján, cuya superficie total es de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1806,70 m2, depósito 573,00 m2, otras dependencias 660,00 m2), y una superficie descubierta de 1144,54 m2, a favor de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9, mediante Legajo N° 63.557;
Que de fs. 584 a 589 luce copia certificada de Poder General para Gestiones Administrativas: Autoservicio Mayorista Diarco S.A., a favor del Sr. Pablo Alvarenga, D.N.I. N° 24.028.429;
Que de fs. 630 a 634 luce copia de Resolución N° RESFC-2024-10-E-MUNILUJAN-SEF, de fecha 11 de Enero de 2024, mediante la cual se autorizó la Habilitación Provisoria por el término de noventa (90) días corridos del establecimiento ubicado en RUTA NACIONAL N° 5 KM 72,00 del partido de Luján, cuya superficie total es de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1806,70 m2, depósito 573,00 m2, otras dependencias 660,00 m2), y una superficie descubierta de 1144,54 m2, bajo el rubro AUTOSERVICIO MAYORISTA Y MINORISTA DE COMESTIBLES, BAZAR, ARTICULOS DE LIMPIEZA Y PERFUMERIA, a favor de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9, mediante Legajo N° 63.557;
Que a fs. 637 solicitan renovación de la habilitación comercial de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9;
Que de fs. 646 a 648 luce comprobante de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral;
Que a fs. 680 y 681 luce copia de Resolución N° RESFC-2024-182-E-MUNILUJAN-SEF, de fecha 30 de Julio de 2024, mediante la cual se autorizó la Habilitación Provisoria por el término de noventa (90) días corridos del establecimiento ubicado en RUTA NACIONAL N° 5 KM 72,00 del partido de Luján, cuya superficie total es de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1806,70 m , depósito 573,00 m , otras dependencias 660,00 m ), y una superficie descubierta de 1144,54 m2, bajo el rubro AUTOSERVICIO MAYORISTA Y MINORISTA DE COMESTIBLES, BAZAR, ARTICULOS DE LIMPIEZA Y PERFUMERIA, a favor de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9, mediante Legajo N° 63.557;
Que a fs. 684 solicitan renovación de la habilitación comercial de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9;
Que a fs. 706 y 707 presentan póliza de Seguro de Responsabilidad Civil vigente hasta el 30 de Noviembre de 2025 y cobertura médica;
Que a fs. 750 y 751 presenta certificado de mantenimiento sobre prevención contra incendios emitido por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, con fecha de caducidad el día 29 de Octubre de 2025;
Que a fs. 754 luce domicilio fiscal electrónico declarado impuesto@diarco.com.ar;
Que a fs. 761 y 762 luce copia de Resolución N° RESFC-2025-2-E-MUNILUJAN-SEF, de fecha 03 de Enero de 2025, mediante la cual se autorizó la Habilitación Provisoria por el término de noventa (90) días corridos del establecimiento ubicado en RUTA NACIONAL N° 5 KM 72,00 del partido de Luján, cuya superficie total es de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1806,70 m2, depósito 573,00 m2, otras dependencias 660,00 m2), y una superficie descubierta de 1144,54 m2, bajo el rubro AUTOSERVICIO MAYORISTA Y MINORISTA DE COMESTIBLES, BAZAR, ARTICULOS DE LIMPIEZA Y PERFUMERIA, a favor de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9, mediante Legajo N° 63.557;
Que a fs. 765 solicitan renovación de la habilitación comercial de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9;
Que a fs. 770 y 771 lucen comprobante de Inscripción en ARCA, bajo la C.U.I.T. Nº 30-60737179-9;
Que a fs. 772 y 773 luce Análisis Microbiológico de Agua, el cual responde a los requisitos establecidos por el artículo 982° del Código Alimentario Argentino para aguas de consumo;
Que a fs. 775 la Dirección de Bromatología y Sanidad Animal informa que el establecimiento cumple con los requisitos, desde el punto de vista bromatológico, para acceder a la renovación de su habilitación en el rubro: Autoservicio mayorista y minorista de comestibles, bazar, artículos de limpieza y perfumería;
Que a fs. 777 presentan Certificado de Libre Deuda Alimentaria, donde no registra anotaciones;
Que no registra deuda, según informe de fs. 781;
Quedando pendiente el cumplimiento del artículo 7º de la Ordenanza Nº 6353 - estudio de impacto socioeconómico ambiental confeccionado y avalado por una Universidad u otro Organismo Público Nacional con incumbencia en el tema, a todos los fines quedaran sujetos a las disposiciones de la Ley Provincial Nº 12.573;
Que la Ordenanza Nº 5752 en su apartado II, Artículo 11º contempla autorización municipal de carácter temporario prevista para aquellos casos de habilitaciones en trámite con certificaciones de aspectos regulatorios específicos pendientes, que deban ser expedidos por Organismos Nacionales o Provinciales…
Que se establece y/o constituye como único instrumento legal probatorio, el Certificado de Habilitación otorgado por el Municipio;
Que en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto N° 53/25;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Autorizar la RENOVACION DE HABILITACION PROVISORIA por el término de noventa (90) días corridos, del establecimiento sito en RUTA NACIONAL N° 5 KM 72.000, del Partido de Luján, cuya superficie total es de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1.806,70 m2, depósito 573,00 m2, otras dependencias 660,00 m2), y una superficie descubierta de 1.144,54 m2, bajo el rubro AUTOSERVICIO MAYORISTA Y MINORISTA DE COMESTIBLES, BAZAR, ARTICULOS DE LIMPIEZA Y PERFUMERIA, a favor de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9, mediante LEGAJO N° 63.557; de conformidad con los fundamentos expuestos en los considerandos y siempre que no se modifiquen las condiciones en las que se otorga la presente.
Artículo 2°.- Otorgar el CERTIFICADO DE HABILITACION PROVISORIA por el término de noventa (90) días corridos a favor de la firma AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., C.U.I.T. N° 30-60737179-9, bajo el rubro AUTOSERVICIO MAYORISTA Y MINORISTA DE COMESTIBLES, BAZAR, ARTICULOS DE LIMPIEZA Y PERFUMERIA, al establecimiento que se encuentra ubicado en RUTA NACIONAL N° 5 KM 72.000, del Partido de Luján, cuya superficie total de 4.184,24 m2, compuesta por una superficie cubierta de 3.039,70 m2 (comercial 1.806,70 m2, depósito 573,00 m2, otras dependencias 660,00 m2), y una superficie descubierta de 1144,54 m2, mediante LEGAJO Nº 63.557, previo pago de los derechos correspondientes.
Artículo 3º.- Actualizar a través de las dependencias municipales de competencia los registros correspondientes.
Artículo 4º.- Registrar, tomar conocimiento quienes correspondan, notificar, publicar, cumplido archivar.