Boletines/Adolfo Alsina
Ordenanza Nº 5019/25
Adolfo Alsina, 14/07/2025
VISTO: El expediente nº 1629/24 impulsado por miembros de la firma Desarrollo Urbano Rural S.A (DUR) con la pretensión de permutar dos inmuebles de su propiedad cuyos datos catastrales son Circunscripción1, Sección E, Quinta. 196, Manzana 196 B, Parcelas 1B y 4A, Partidas Inmobiliarias Nº 21.089 Y 21.092, ubicados en Pedro Gallo y Eugui y Ramón Razquin y Eugui de la ciudad de Carhué, por dos inmuebles Municipales ubicados en calle Lonardi entre Urquiza y Alvear de la ciudad de Carhué, cuyos datos catastrales son. Circunscripción I, Sección A, Manzana 71, Parcelas 10 y 11 Partidas Inmobiliarias Nº 22.608 y 15.341. Y;
CONSIDERANDO: Que la firma DUR S.A acreditó ser propietarios de los dos inmuebles que pretenden permutar. Por otro lado se acredita la titular de la Municipalidad de Adolfo Alsina respecto a los inmuebles ubicado en calle Lonardi entre Urquiza y Alvear (Circunscripción I, Sección A, Manzana 71, Parcelas 10 y 11, Partida Inmobiliaria Nº 22.608 y 15.341.-)
Que a fojas 05/24 se encuentran agregados donde surge la titularidad registral de la firma DUR S.A.-
Que a fojas 40 se adjunta informe de Dirección de Catastro Municipal.-
Que a fojas 60 se adjunta el consentimiento del Rotary club " Termas de Carhué", para perfeccionar la permuta.-
Que a fojas 67 se adjunta informe de la Junta de Tasación Municipal, donde establece el valor equitativo de los inmuebles que se intentan permutar.-
Que a fojas 68 se adjunta el contrato Nº 281/14 entre la Municipalidad de Adolfo Alsina y miembros de Rotary Club Carhué, quienes suscriben una concesión por diez (10) años con el fin de emplazar su Sede Social, destinada a la realización de actividades sociales y culturales.-
Que no se ha dado cumplimiento al objeto del contrato mencionado-
Que a fojas 69 se adjunta Ordenanza Nº 4313/2018 autorizando la concesión anteriormente mencionada.-
Que a fojas 70 se observa dictamen de Asesoría Letrada Municipal manifestando que no encuentra objeciones para elevar las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante y menciona la necesidad de derogar la Ordenanza 4313/18.-
Lo dispuesto por el Art. 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Deróguese la Ordenanza Nº 4313/18 de fecha 29 de Agosto de 2018, por las razones expuestas en los Considerandos del presente.-
Artículo 2°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a dar en permuta a la firma DUR S.A, los inmuebles municipales ubicados en calle Lonardi entre Urquiza y Alvear identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 71, Parcelas 10 y 11, Partidas Inmobiliarias Nº 22.608 y 15.341, y a recibir en contraprestación por la permuta indicada, dos lotes de terrenos ubicados en calles Pedro Gallo y Eugui y Ramón Razquin y Eugui de la ciudad de Carhué , identificados catastralmente como: Circunscripción1 Sección E, Quinta. 196, Manzana 196 B, Parcelas 1 B y 4 A, Partidas Inmobiliarias Nº 21.089 Y 21.092.-
Artículo 3°.- La Sociedad DUR S.A deberá designar un Escribano a los efectos de la escrituración de la permuta, resultando a su exclusivo cargo.-
Artículo 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
DADO Y SELLADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-
Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, Ana Clara URIBE ECHEVARRÍA – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”