Boletines/Lujan

Decreto Nº716

Decreto Nº 716

Lujan, 30/04/2025

Aprueba contrato de locación de servicio con a Cooperativa de Trabajo Multimedial Impresión Arte Ltda- DT

Visto

Que a través del Expediente EX-2025-00012811- -MUNILUJAN-SDH, se solicita la contratación de la COOPERATIVA DE TRABAJO MULTIMEDIAL IMPRESIÓN ARTE LTDA, y

Considerando

Que en PV-2025-000-MUNILUJAN-SDH la Secretaría de Desarrollo Humano solicita la contratación de la COOPERATIVA DE TRABAJO MULTIMEDIAL IMPRESIÓN ARTE LTDA por los meses de ABRIL A JUNIO DE 2025, para realizar tareas de capacitación y desarrollo de estrategias en la conducción de equipos en el curso de DT.

Que en PV-2025-00049356-MUNILUJAN-SJG la Secretaría de Jefatura de Gabinete toma conocimiento y presta conformidad.

Que en PV-2025-00052768-MUNILUJAN-SEF la Secretaría de Economía y Finanzas toma vista y presta conformidad. Q

ue mediante PV-2025-00053151-MUNILUJAN-CM#SEF toma vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.

Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaría, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular Nº NO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.

Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones establecidas en el Artículo 107° y concordantes del Decreto Ley 6769/58.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Apruébese el Contrato de Locación de Servicios a suscribir entre la Municipalidad de Luján y la COOPERATIVA DE TRABAJO MULTIMEDIAL IMPRESIÓN ARTE LTDA, CUIT: 30-71714789-4, con domicilio en Galileo N° 212 de la Ciudad de Luján, representada por su Presidente Giacovino, Maximiliano Gastón, DNI 34.831.837, a los fines de realizar tareas de capacitación y desarrollo de estrategias en la conducción de equipos en el curso de DT.-

Artículo 2°.- La Municipalidad abonará a la COOPERATIVA la suma total de Pesos ocho millones seiscientos setenta y seis Mil con Cero Centavos ($8.676.000,00), pagaderos en tres (3) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos dos millones ochocientos noventa y dos mil con Cero Centavos ($2.892.000,00) por los meses de Abril, Mayo y Junio 2025

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

01.- Ejecución de Desarrollo Humano.

110.- Tesoro Municipal.

3.4.5.- De Capacitación

Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-