Boletines/Lujan
Decreto Nº 705
Lujan, 29/04/2025
8 de Mayo Día no laborable Coronación de la Vírgen de Luján
Visto
que el próximo 8 de mayo de 2025 se conmemora en el Partido de Luján, el 138° Aniversario de la Coronación de la Virgen de Nuestra Señora de Luján; y
Considerando
Que desde la sanción de la Ordenanza Nº 2442, promulgada por Decreto Nº 1728/89, es declarado cada 8 de mayo “Fiesta Patronal de Luján” en concordancia con el patronato de la Virgen de Nuestra Señora de Luján sobre la República de Argentina, la República Oriental del Uruguay y la República del Paraguay.
Que dicha fecha tiene para nuestro Partido una especial importancia, que le da la celebración de un nuevo aniversario del acontecimiento histórico-religioso del “Milagro de la Virgen de Luján”.
Que lo dispuesto se dicta en virtud de las facultades establecidas por el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Declárase día no laborable para todo el personal de la Municipalidad de Luján, el día 8 de mayo de 2025 en conmemoración del 138° Aniversario de la Coronación de la Virgen de Nuestra Señora de Luján.
Artículo 2º.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1º deberán mantenerse guardias en las dependencias donde las mismas sean necesarias.
Artículo 3º.- Invítase al Gobierno Nacional y Provincial para que adhieran a la presente medida declarando el día 8 de mayo de 2025 como no laborable para los organismos jurisdiccionales, incluyendo la banca y optativo para la industria, comercio y restantes actividades de nuestro Partido.
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, comuníquese, publíquese y archívese.