Boletines/Lujan
Decreto Nº 683
Lujan, 25/04/2025
Aprueba contrato de locación de obra España Leonardo Anibal
Visto
Que mediante expediente EX-2025-00000261- -MUNILUJAN-SJG, tramita la Contratación bajo Locación de Obra del Diseñador Industrial España, Leonardo Aníbal quien prestará servicios en la Secretaría de Jefatura de Gabinete; y
Considerando
Que, a orden 44, el Jefe de Gabinete solicita la contratación del Diseñador Industrial España, Leonardo Aníbal, para desarrollar las tareas de coordinación de equipo de diseñadores, asesoramiento en materia de diseño y comunicación institucional y planificación de campañas institucionales.
Que, a orden 46, toma conocimiento la Dirección de Recursos Humanos e informa que el Diseñador Industrial España, Leonardo Aníbal, no es empleado de esta Municipalidad y que en la actualidad no se encuentra disponible personal idóneo para dar curso a la obra referida.
Que, a orden 48, toma conocimiento y presta conformidad la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que, a orden 50, toma conocimiento la Contaduría Municipal e informa la imputación presupuestaria.
Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones establecidas en el Art 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°. - Apruébase el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la Municipalidad de Luján y el Diseñador Industrial España, Leonardo Aníbal, D.N.I 23.942.394, con domicilio real en la calle Santa Ana N°1472 de la ciudad de Luján, Provincia de Buenos Aires, para cumplir funciones en la Secretaría de Jefatura de Gabinete.
Artículo 2°. - La Municipalidad abonará AL LOCADOR, la suma total de pesos cuatro millones ciento cuarenta mil ($4.140.000) que será abonada en seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos seiscientos noventa mil ($690.000) por los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre en concepto de honorarios por el periodo comprendido entre el 01 de abril de 2025 y hasta el 30 de septiembre de 2025.
Artículo 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
24.- Jefatura de Gabinete.
01.-Ejecución y políticas de Jefatura de Gabinete.
01.-Jefatura de Gabinete. 110.-Tesoro Municipal.
3.4.9.0.- Servicios Técnicos y Profesionales. Otros.
Artículo 4°. - Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-