Boletines/Lujan

Decreto Nº683

Decreto Nº 683

Lujan, 25/04/2025

Aprueba contrato de locación de obra España Leonardo Anibal

Visto

Que mediante expediente EX-2025-00000261-   -MUNILUJAN-SJG, tramita la Contratación bajo Locación de Obra del Diseñador Industrial España, Leonardo Aníbal quien prestará servicios en la Secretaría de Jefatura de Gabinete; y

Considerando

Que, a orden 44, el Jefe de Gabinete solicita la contratación del Diseñador Industrial España, Leonardo Aníbal, para desarrollar las tareas de coordinación de equipo de diseñadores, asesoramiento en materia de diseño y comunicación institucional y planificación de campañas institucionales.

Que, a orden 46, toma conocimiento la Dirección de Recursos Humanos e informa que el Diseñador Industrial España, Leonardo Aníbal, no es empleado de esta Municipalidad y que en la actualidad no se encuentra disponible personal idóneo para dar curso a la obra referida.

Que, a orden 48, toma conocimiento y presta conformidad la Secretaría de Economía y Finanzas.

Que, a orden 50, toma conocimiento la Contaduría Municipal e informa la imputación presupuestaria.

Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones establecidas en el Art 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°. - Apruébase el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la Municipalidad de Luján y el Diseñador Industrial España, Leonardo Aníbal, D.N.I 23.942.394, con domicilio real en la calle Santa Ana N°1472 de la ciudad de Luján, Provincia de Buenos Aires, para cumplir funciones en la Secretaría de Jefatura de Gabinete.

Artículo 2°. - La Municipalidad abonará AL LOCADOR, la suma total de pesos cuatro millones ciento cuarenta mil ($4.140.000) que será abonada en seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos seiscientos noventa mil ($690.000) por los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre en concepto de honorarios por el periodo comprendido entre el 01 de abril de 2025 y hasta el 30 de septiembre de 2025.

Artículo 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

24.- Jefatura de Gabinete.

01.-Ejecución y políticas de Jefatura de Gabinete.

01.-Jefatura de Gabinete. 110.-Tesoro Municipal.

3.4.9.0.- Servicios Técnicos y Profesionales. Otros.

Artículo 4°. - Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-