Boletines/Lujan
Decreto Nº 680
Lujan, 25/04/2025
EX-2025-00038185- -MUNILUJAN-SDH - Contrato Locación de Obra Villaboa Villalba Nancy Romina AT (Arbello Valentín)
Visto
que por expediente EX-2025-00038185- -MUNILUJAN-SDH se solicita la contratación de un acompañante terapéutico; y
Considerando
Que la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana solicita la contratación bajo la modalidad de Locación de Obra de la Acompañante Terapéutica Villaboa Villalba, Nancy Romina mediante providencia PV-2025-00051043-MUNILUJAN-SGPC.
Que se adjunta documentación personal de la señora mediante el informe grafico IFIF-2025-00047017- MUNILUJAN-DG#SGPC.
Que la Directora de la escuela EP 18 solicita al Municipio asistencia para el menor Arbello Valentín Shmuel durante jornada doble, dado que del análisis de la situación y de la conclusión del pedido surge la necesidad de asistir con la ayuda solicitada.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la Sra. Villaboa Villalba no es empleada municipal y que no cuenta en la actualidad con personal idóneo disponible para llevar a cabo la obra referida mediante la providencia PV-2025-00052939-MUNILUJAN-DRH#SGPC.
Que en la Providencia PV-2025-00053411-MUNILUJAN-SEF toma conocimiento y presta conformidad el Secretario de Economía y Finanzas.
Que a través de la providencia PV-2025-00054424-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra entre la Municipalidad de Luján y la Acompañante Terapéutica Villaboa Villalba, Nancy Romina, DNI 34.153.217, con domicilio en Hilario Cuadros N°1356, de la localidad de Open Door, Partido de Luján, dada la inexistencia de personal idóneo en la planta municipal para realizar las tareas enunciadas, quien prestará servicios profesionales de supervisión; cuidado integral y acompañamiento en la institución educativa que designare la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana durante el ciclo lectivo 2025.
Artículo 2º.- La Municipalidad abonará a la LOCADORA la suma total de PESOS OCHO MILLONES CIEN MIL ($8.100.000.-), pagaderos en NUEVE (9) cuotas mensuales y consecutivas de cuotas de PESOS OCHOCIENTOS VEINTE MIL ($ 820.000) para el mes de abril, de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($ 840.000) para el mes de mayo, de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA MIL ($ 860.000.-) para el mes de junio, de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA MIL ($ 880.000.-) para el mes de julio y de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000.-) para el mes de agosto, de PESOS NOVECIENTOS VEINTE MIL ($920.000.-) para el mes de septiembre, de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA MIL ($ 940.000) para el mes de octubre, de PESOS NOVECIENTOS SESENTA MIL ($ 960.000) para el mes de noviembre, de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA MIL ($ 980.000.-) para el mes de diciembre de 2025,
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
53.- Mejoramiento y Articulación de la Formación y el Conocimiento.
132.- De Origen Provincial (F. Educativo). 1.1.4.01.11
3.4.9.- Servicios Técnicos y Profesionales. Otros
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-