Boletines/Lujan
Decreto Nº 678
Lujan, 25/04/2025
Aprueba contrato de obra con Mestres Loreley Antonela (albornoz)
Visto
El expediente EX-2025-00034574 -MUNILUJAN-DRH#SGPC mediante el cual se solicita la contratación de un acompañante terapéutico; y
Considerando
Que la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana solicita la contratación bajo la modalidad de Locación de Obra de la Acompañante Terapéutica MESTRES, Loreley Antonela mediante providencia PV2025-00050022-MUNILUJAN-SGPC, informando que no cuenta con personal idóneo en la estructura administrativa para dar curso a la obra referida. Que se adjunta documentación de la señora Mestres mediante el informe grafico IF-2025-00049040- MUNILUJAN-DG#SGPC.
Que la Directora del Escuela Primaria N° 34 solicita al Municipio asistencia para la familia del menor Albornoz Leandro Leonel, que del análisis de la situación y de la conclusión del pedido surge la necesidad de asistir con la ayuda solicitada, la que se adjunta en el informe grafico IF-2025-00036778- MUNILUJAN-DDD#SDH.-
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la Sra. Mestres no es empleada municipal y que no cuenta en la actualidad con personal idóneo disponible para llevar a cabo la obra referida mediante la providencia PV-2025-00050361-MUNILUJAN-DRH#SGPC.
Que mediante la providencia PV-2025-00051518-MUNILUJAN-SJG toma conocimiento y presta conformidad el Secretario de Jefatura de Gabinete.
Que en la Providencia PV-2025-00053169-MUNILUJAN-SEF toma conocimiento y presta conformidad el Secretario de Economía y Finanzas.
Que a través de la providencia PV-2025-00054423-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra entre la Municipalidad de Luján y la Acompañante Terapéutica Loreley Antonela, Mestres, D.N.I. 31.882.364, con domicilio en Ruta 5 Km. 72 de la localidad de José María Jáuregui, Partido de Luján, quien prestará servicios profesionales de supervisión, cuidado integral y acompañamiento en la institución educativa que designare la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana durante el ciclo escolar 2025. Reconociéndose la inexistencia de personal competente en la planta municipal para realizar las tareas enunciadas.
Artículo 2º.- La Municipalidad abonará a la LOCADORA la suma total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL ($ 3.763.000), pagaderos en NUEVE (9) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS CIENTO VEINTITRES MIL ($ 123.000) para el mes de abril, de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ 420.000) para el mes de mayo, de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 430.000.-) para el mes de junio, de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($ 440.000.-) para el mes de julio y de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000.-) para el mes de agosto, de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA MIL ($460.000.-) para el mes de septiembre, de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MIL ($ 470.000) para el mes de octubre, de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 480.000) para el mes de noviembre, de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL ($ 490.000.-) para el mes de diciembre de 2025. en concepto de honorarios.-
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
53.- Mejoramiento y Articulación de la Formación y el Conocimiento.
132.- De Origen Provincial. Fondo Educativo (2001). 1.1.4.01.11
3.4.9.- Servicios Técnicos y Profesionales - Otros.
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-