Boletines/Lujan

Decreto Nº668

Decreto Nº 668

Lujan, 24/04/2025

Aprueba contrato de locación de obra con Mariana Piovesan

Visto

El expediente EX-2025-00042887- -MUNILUJAN-SDH mediante el cual se solicita la contratación de un acompañante terapéutico; y

Considerando

Que la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana solicita la contratación bajo la modalidad de Locación de Obra de la Acompañante Terapéutica Mariana Piovesan mediante providencia PV-2025- 00050023-MUNILUJAN-SGPC, informando que no cuenta con personal idóneo en la estructura administrativa para dar curso a la obra referida.

Que se adjunta documentación de la señora Piovesan mediante el informe grafico IF-2025-00048638- MUNILUJAN-DG#SGPC; IF-2025-00048632-MUNILUJAN-DG#SGPC; IF-2025-00049267- MUNILUJAN-SGPC

Que la Directora de la Escuela EES N° 13 solicita al Municipio asistencia para la menor Martina Artoni Lancioni, que del análisis de la situación y de la conclusión del pedido surge la necesidad de asistir con la ayuda solicitada, la que se adjunta en el informe grafico IF-2025-00044452-MUNILUJAN-DDD#SDH

Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la Sra. Piovesan no es empleada municipal y que no cuenta en la actualidad con personal idóneo disponible para llevar a cabo la obra referida mediante la providencia PV-2025-00050519-MUNILUJAN-DRH#SGPC

Que mediante la providencia PV-2025-00051396-MUNILUJAN-SJG toma conocimiento y presta conformidad el Secretario de Jefatura de Gabinete.

Que en la Providencia PV-2025-00052751-MUNILUJAN-SEF toma conocimiento y presta conformidad el Secretario de Economía y Finanzas.

Que a través de la providencia PV-2025-00053930-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto.

Que el presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra entre la Municipalidad de Luján y la Acompañante Terapéutica Mariana Piovesan, D.N.I. 20.967.540, con domicilio en la calle Rivadavia N° 1345, de Luján, quien prestará servicios profesionales de supervisión, cuidado integral y acompañamiento en la institución educativa que designare la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana durante el ciclo escolar 2025. Reconociéndose la inexistencia de personal competente en la planta municipal para realizar las tareas enunciadas.

Artículo 2º.- La Municipalidad abonará a la LOCADORA la suma total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL ($ 3.968.000), pagaderos en NUEVE (9) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL ($ 328.000) para el mes de abril, de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ 420.000) para el mes de mayo, de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 430.000.-) para el mes de junio, de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($ 440.000.-) para el mes de julio y de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000.-) para el mes de agosto, de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA MIL ($460.000.-) para el mes de septiembre, de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MIL ($ 470.000) para el mes de octubre, de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 480.000) para el mes de noviembre, de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL ($ 490.000.-) para el mes de diciembre de 2025 en concepto de honorarios.-

Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

53.- Mejoramiento y Articulación de la Formación y el Conocimiento.

132.- De Origen Provincial. Fondo Educativo (2001). 1.1.4.01.11

3.4.9.- Servicios Técnicos y Profesionales - Otros.

Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-