Boletines/Lujan
Decreto Nº 666
Lujan, 24/04/2025
EX-2025-00042889- -MUNILUJAN-SDH - Contrato Locación de Obra Bustos Natalia Soledad AT (Onnainty Leonel)
Visto
que por expediente EX-2025-00042889- -MUNILUJAN-SDH se solicita la contratación de un acompañante terapéutico; y
Considerando
Que la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana solicita la contratación bajo la modalidad de Locación de Obra de la Acompañante Terapéutica Bustos, Natalia Soledad mediante providencia PV2025-00048766-MUNILUJAN-SGPC informando que no cuenta con personal idóneo en la estructura administrativa para dar curso a la obra referida.
Que se adjunta documentación personal de la señora Bustos mediante el informe grafico IF-2025- 00046969-MUNILUJAN-DG#SGPC.
Que la Directora de la escuela EP 35 solicita al Municipio asistencia para el menor Onnainty, Leonel, y del análisis de la situación y de la conclusión del pedido surge la necesidad de asistir con la ayuda solicitada.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la Sra. Bustos no es empleada municipal y que no cuenta en la actualidad con personal idóneo disponible para llevar a cabo la obra referida mediante providencia PV-2025-00049629-MUNILUJAN-DRH#SGPC.
Que en la Providencia PV-2025-00049629-MUNILUJAN-DRH#SGPC toma conocimiento y presta conformidad el Secretario de Economía y Finanzas.
Que a través de la providencia PV-2025-00053934-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra entre la Municipalidad de Luján y la Acompañante Terapéutica Bustos, Natalia Soledad, DNI 28.171.643, con domicilio en la calle la calle 44 N° 1362, San Andrés de Giles, dada la inexistencia de personal idóneo en la planta municipal para realizar las tareas enunciadas, quien prestará servicios profesionales de supervisión; cuidado integral y acompañamiento en la institución educativa que designare la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana durante el ciclo lectivo 2025.
Artículo 2º.- La Municipalidad abonará a la LOCADORA la suma total de PESOS CUATRO MILLONES VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE ($4.022.667.-), pagaderos en NUEVE (9) cuotas mensuales y consecutivas de cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 382.667) para el mes de abril, de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ 420.000) para el mes de mayo, de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 430.000.-) para el mes de junio, de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($ 440.000.-) para el mes de julio y de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000.-) para el mes de agosto, de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA MIL ($460.000.-) para el mes de septiembre, de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MIL ($ 470.000) para el mes de octubre, de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 480.000) para el mes de noviembre, de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL ($ 490.000.-) para el mes de diciembre de 2025.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.-Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
53.-Mejoramiento y Articulación de la Formación y el Conocimiento.-
132.-De origen provincial - Fondo Educativo (2001) 1.1.4.01.11
3.4.9.- Servicios Técnicos y Profesionales - Otros.-
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-