Boletines/Lujan

Decreto Nº662

Decreto Nº 662

Lujan, 23/04/2025

Aprueba contrato de locación de obra con Mortola Maria Catalina

Visto

El expediente EX-2025-00034586- -MUNILUJAN-SDH mediante el cual se solicita la contratación de un acompañante terapéutico; y

Considerando

Que la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana solicita la contratación bajo la modalidad de Locación de Obra de la Acompañante Terapéutica Mortola María Catalina DNI 38.318.538, mediante providencia PV-2025-00048765-MUNILUJAN-SGPC, informando que no cuenta con personal idóneo en la estructura administrativa para dar curso a la obra referida.

Que se adjunta documentación de la señora Mortola mediante el informe grafico IF-2025-00047400- MUNILUJAN-DG#SGPC.

Que la Directora de la Escuela EP N° 33 solicita al Municipio asistencia para el menor Lencinas , que del análisis de la situación y de la conclusión del pedido surge la necesidad de asistir con la ayuda solicitada, la que se adjunta en el informe grafico IF-2025-00036412-MUNILUJAN-DDD#SDH

Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la Sra. Mortola no es empleada municipal y que no cuenta en la actualidad con personal idóneo disponible para llevar a cabo la obra referida mediante la providencia PV-2025-00050334-MUNILUJAN-DRH#SGPC

Que mediante la providencia PV-2025-00050559-MUNILUJAN-SJG toma conocimiento y presta conformidad el Secretario de Jefatura de Gabinete.

Que en la Providencia PV-2025-00052757-MUNILUJAN-SEF toma conocimiento y presta conformidad el Secretario de Economía y Finanzas. Que a través de la providencia PV-2025-00053928-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto. 

Que el presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra entre la Municipalidad de Luján y la Acompañante Terapéutica Mortola María Catalina DNI 38.318.538, CUIT 27-38318538-2, con domicilio en la calle Alte Brow 631 de la ciudad de Lujan quien prestará servicios profesionales de supervisión, cuidado integral y acompañamiento en la institución educativa que designare la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana durante el ciclo escolar 2025. Reconociéndose la inexistencia de personal competente en la planta municipal para realizar las tareas enunciadas.

Artículo 2º.- La Municipalidad abonará a la LOCADORA la suma total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/00 ($ 3.954.333,33), pagaderos en NUEVO (9) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TRESCIENTOS CATORCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/00 ($ 314.333,33) para el mes de abril, de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ 420.000) para el mes de mayo, de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 430.000.-) para el mes de junio, de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL ($ 440.000.-) para el mes de julio y de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000.-) para el mes de agosto, de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA MIL ($460.000.-) para el mes de septiembre, de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MIL ($ 470.000) para el mes de octubre, de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 480.000) para el mes de noviembre, de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL ($ 490.000.-) para el mes de diciembre de 2025 en concepto de honorarios.-

Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente: 27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana. 53.- Mejoramiento y Articulación de la Formación y el Conocimiento. 132.- De Origen Provincial. Fondo Educativo (2001).1.1.4.01.11 3.4.9.- Servicios Técnicos y Profesionales - Otros.

Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese