Boletines/Lujan

Decreto Nº658

Decreto Nº 658

Lujan, 23/04/2025

Otorga subsidio económico a la Asociación de Clubes Infantiles del Oeste (A.C.I.F.O)

Visto

El expediente EX-2025-00049747- -MUNILUJAN-SDH mediante el cual tramita una ayuda económica para la Asociación de Clubes Infantiles del Oeste (A.C.I.F.O); y

Considerando

Que del análisis de la situación y de las conclusiones del informe presentado surge la necesidad de acudir en ayuda de la entidad solicitante y asistirla con recursos a fin de solventar gastos del arbitraje de los torneos juveniles 2025;

Que mediante el informe gráfico IF-2025-00051138-MUNILUJAN-DEI#SGPC la Dirección de Entidades de Bien Público incorpora los Decretos a través de los cuales consta que la institución se encuentra inscripta en el Registro Municipal de Asociaciones y el reconocimiento de su Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas;

Que el mencionado gasto no se encuentra a su alcance; Que en orden 10 en la providencia PV-2025-00052731-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto;

Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 107, 108 y 148 concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Otórgase a favor de la Asociación de Clubes Infantiles del Oeste (A.C.I.F.O), con domicilio en la calle José María Pérez N°940 de nuestra Ciudad, representada por su presidente, Sr. Rebottaro, Marcelo Eduardo, con D.N.I. N°31.138.314 un subsidio por la suma total de Pesos cinco millones cuatrocientos setenta y cuatro mil ($5.474.000) pagadero en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas durante los meses de abril, mayo y junio de Pesos un millón ochocientos veinticuatro mil seiscientos sesenta y seis con sesenta y seis centavos ($1.824.666,66) cada una, para solventar gastos del arbitraje de los torneos juveniles 2025.

Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo anterior será imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

47.- Programa Municipal de Deportes.

01.- Servicio Esparcimiento y Recreación con la Comunidad.

110.- Tesoro Municipal.

5.1.7.- Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro.

Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.