Boletines/Lujan
Decreto Nº 646
Lujan, 23/04/2025
Limitación bonificación por “Adicional por Nocturnidad”, agente Agustina Lucrecia Gargaro - EX-2025-00047866- -MUNILUJAN-DRH#SGPC
Visto
: el EX-2025-00047866- -MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que tramita la limitación de la bonificación por “Adicional por Nocturnidad”, a la agente Agustina Lucrecia Gargaro; y
Considerando
Que en orden Nº 02, el Secretario de Desarrollo Humano, conjuntamente con la Directora de Niñez y Adolescencia, solicitan la limitación de la Bonificación por “Adicional por Nocturnidad”, a la agente Gargaro, a partir del 1° de abril del corriente.
Que en orden Nº 03, el Director de Recursos Humanos, en el marco de sus facultades, toma vista y conocimiento de lo requerido, solicitando al Departamento de Personal informe de situación de revista.
Que en orden Nº 05, el Departamento de Personal elabora IF-2025-00049255-MUNILUJAN-DRH#SGPC, en el cual consta que la agente Agustina Lucrecia Gargaro, titular del DNI Nº 32.378.124, legajo Nº 7875, ingreso a la comuna el día 01/09/2023, revistiendo en la planta permanente como personal de servicio clase VII de 48 hs. semanales, desempeñando en sus funciones en la Dirección de Niñez y Adolescencia, percibiendo en sus haberes, bonificación por disposición permanente del 25% del sueldo básico, asimismo por DECTO-2024-822-E-MUNILUJAN-INT, percibe bonificación por “Adicional por Nocturnidad”.
Que mediante este acto administrativo el Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana toma vista y conocimiento.
Que, conforme a lo solicitado por el Secretario de Desarrollo Humano, corresponde limitar la bonificación por “Adicional por Nocturnidad”, otorgada por decreto Nº 822/2024, identificado DECTO-2024-822-EMUNILUJAN-INT, a partir del 1° de abril del 2025.
Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y artículo 66º de la Ley Nº 14.656
por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Limítese la bonificación “Adicional por Nocturnidad”, para la agente municipal de planta permanente Agustina Lucrecia Gargaro, titular del DNI Nº 32.378.124, legajo N° 7875, actual personal de servicio clase VII de 48 horas semanales, a partir del 1° de abril de 2025, quien presta servicio en la Dirección de Niñez y Adolescencia, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano.
Artículo 2º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archivase