Boletines/Lujan
Decreto Nº 637
Lujan, 21/04/2025
Otorga licencia por descanso anual a LOggia Agustin Director de Presupuesto
Visto
el expediente N° EX-2025-00048496- -MUNILUJAN-DRH#SGPC, mediante el cual tramita la licencia anual del Director de Presupuesto, Cdor. Loggia; y
Considerando
Que en orden 02, mediante nota N° NO-2025-00047735-MUNILUJAN-SEF, el Director de Presupuesto solicita licencia por descanso anual, a partir del 28 de abril de 2025 y hasta el 11 de mayo de 2025, inclusive, por la cual manifiesta que el reemplazo de sus funciones lo efectuará Romina Cecilia Presenza, actual Subcontadora Municipal.
Que mediante documento identificado como DOCPE-2025-00045580-MUNILUJAN-DP#SEF, se incorpora planilla de licencia anual del Cdor. Loggia.
Que en orden 04, por Providencia N° PV-2025-00048615-MUNILUJAN-DRH#SGPC, toma intervención en el marco de sus facultades, el Director de Recursos Humanos.
Que conforme surge de informe del Departamento de Personal N° IF-2025-00050565-MUNILUJANDRH#SGPC, Agustín Loggia, DNI N° 35.969.900, legajo n°8018, reviste actualmente como Personal Superior – Director de Presupuesto.
Que por otro lado, Romina Cecilia Presenza, DNI N° 25.691.244, legajo n°7558, reviste actualmente como Personal Superior – Subcontadora Municipal.
Que la presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º, 180° y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Otórgase al Director de Presupuesto, Cdor. Agustín LOGGIA, legajo Nº 8018, licencia por descanso anual desde el 28 de abril de 2025 y hasta el día 11 de mayo de 2025, inclusive.
Artículo 2º.- Desígnase desde el 28 de abril de 2025 y hasta el día 11 de mayo de 2025, inclusive, a la Cdora. Romina Cecilia PRESENZA, para que reemplace en sus funciones al Director de Presupuesto, Cdor. Agustín LOGGIA, sin perjuicio de sus funciones como Subcontadora Municipal.
Artículo 3°.- Lo dispuesto en el artículo 2º del presente Acto Administrativo no implicará erogación alguna para el erario municipal.
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.