Boletines/Lujan
Decreto Nº 626
Lujan, 15/04/2025
Asignación bonificación por disposición permanente para el agente Siror Martin - EX-2025- 00022604- -MUNILUJAN-DRH#SGPC
Visto
el EX-2025-00022604- -MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el cual se tramita el otorgamiento de la bonificación por disposición permanente para el agente Siror Martin, y
Considerando
Que en orden N° 02, la Secretaría de Desarrollo, solicita se le otorgue la bonificación por disposición permanente del 20% para al agente Siror Martín, legajo N° 7993, quien cumple funciones en la órbita de la Dirección de Deportes, y fundamenta el pedido en virtud del incremento de actividades que se llevan a cabo en el predio Skatepark.
Que en orden N° 03, la Dirección de Recursos Humanos toma conocimiento e interviene en el marco de sus facultades y solicita informe de situación de revista al Departamento de Personal.
Que el agente Martin Siror, legajo N°7993, titular del DNI N°40.580.898, ingresó a esta Comuna el 01/03/2023, y reviste actualmente en la planta permanente, como personal administrativo clase V de 48 hs. semanales, cumpliendo funciones en la Dirección de Deportes, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, conforme surge del informe incorporado por el Departamento de Personal obrante en orden N° 05.
Que en orden N° 09, toma vista y presta conformidad Jefatura de Gabinete.
Que en orden N° 11, presta conformidad la Secretaría de Economía y Finanzas a los mismos fines y solicita a Contaduría Municipal informe la imputación presupuestaria.
Que en orden N° 13, la Contaduría Municipal informa imputación presupuestaria correspondiente.
Que mediante este acto administrativo toma vista y conocimiento el Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que la Ordenanza N°8725, establece en su artículo 27 una bonificación por disposición permanente el que podrá alcanzar hasta un cuarenta por ciento (40%) del sueldo básico para los agentes que revisten como Personal Jerárquico (con excepción de las categorías de JEFE/A DE DEPARTAMENTO y JEFE/A DE DIVISIÓN y JEFE DE OFICINA INFORMÁTICA), hasta el cuarenta y cinco (45%) del sueldo básico para el personal superior, y hasta el cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico para los agentes que revistan como Categoría Profesional, Técnico, Auxiliar Contable, Analista Contable, Profesional Analista Contable, Profesional Auxiliar Contable Analista RRHH, Auxiliar RRHH, Profesional Analista RRHH, Profesional Auxiliar RRHH, Personal de Salud Programador Senior, Programador Semi Senior, Programador Junior, Personal Obrero, de Servicio, Administrativo e Inspector Fiscalizador, en tanto las razones de servicio exijan la permanencia y/o exclusividad dedicada a la función, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley vigente y previa consideración y autorización del Departamento Ejecutivo. La bonificación establecida en este artículo es excluyente con la retribución por horas extraordinarias; asimismo, no podrá aplicarse en el caso que el agente que sea autorizado a realizar sus tareas laborales de manera remota.
Que corresponde otorgar la bonificación por disposición permanente del 20% al agente Martin Siror, a partir del 1 de abril del 2025, en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley N°6769/58 y artículo 66° de la Ley N°14.656.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Otórguese la BONIFICACIÓN POR DISPOSICIÓN PERMANENTE contemplada en el artículo 27° de la Ordenanza N°8725, al 20% del sueldo básico, al agente municipal de planta permanente, Martin SIROR, legajo N °7993, actual Personal Administrativo Clase V de 48 horas semanales, de la Dirección de Deportes dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, a partir del 1° de abril de 2025.
Artículo 2°. -El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
25.- Secretaría de Desarrollo Humano.
47.- Programa Municipal de Deportes.
01.- Servicio Esparcimiento y Recreación con la Comunidad.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
01.- Personal Permanente.
01.- Retribuciones del Cargo.
Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.