Boletines/Lujan
Decreto Nº 615
Lujan, 15/04/2025
Determina actualizacion de alicuotas tributarias Abril
Visto
la Ordenanza Fiscal Nº 7836/2022, Capítulo X, Artículos 65º, 66º, 67º y 68º, que establece que el Departamento Ejecutivo podrá reglamentar la aplicación de multas, recargos e intereses; y
Considerando
Que es procedente reglamentar los mencionados artículos, a fin de actualizar las alícuotas referenciales para el cálculo de las multas, intereses y recargos aplicables al pago de las tasas municipales.
Que la Resolución Nº 3/2024 del Ministerio de Economía establece la Tasa de Intereses Generales.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 107 y 108, Inciso 3° del Decreto Ley Nº 6769/58 y de la Ordenanza Fiscal Nº 7836/2022, Capítulo X, Artículos 65º, 66º, 67º y 68º.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Determinase a partir del día 15 de abril del corriente año, la actualización de los montos de las alícuotas para recargos, multas e intereses de aplicación para todas las tasas, tributos y derechos, quedando conforme el siguiente detalle:
a. Interés resarcitorio: cuatro por ciento (4 %) mensual de acuerdo a la Tasa de Intereses Generales según Resolución Nº 3/2024 del Ministerio de Economía.
b. Interés punitorio: cinco por ciento (5 %) mensual de acuerdo a la Tasa de Intereses Generales según Resolución Nº 3/2024 del Ministerio de Economía.
Artículo 2º.- Aplicase la actualización dispuesta en el Artículo 1º del presente Decreto a todas las tasas, tributos y derechos que se enuncian en la Ordenanza Fiscal Nº 7836/22 y en la Ordenanza Impositiva Nº 7837/22.
Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese, cúmplase por intermedio de la Dirección General de Ingresos Públicos y Habilitaciones y archívese.