Boletines/Lujan
Decreto Nº 603
Lujan, 15/04/2025
Exime a Babasal SRL a la TISeH 2025
Visto
el expediente EX-2025-00033352- -MUNILUJAN-SECDP; y
Considerando
Que a orden 2 obra la solicitud de acogimiento a los beneficios del Régimen de Promoción Industrial solicitado por la firma BABASAL SRL.
Que el establecimiento industrial se encuentra radicado en Avda. Flandes N°1272, de la localidad de J.M. Jáuregui, Partido de Luján.
Que en Orden N°3 el Sr. Secretario de Desarrollo Productivo informa que es apropiado hacer efectivo el otorgamiento de la bonificación sobre la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
Que la Ordenanza Municipal N° 4597 modificada por la Ordenanza N° 4630 establece que las franquicias y beneficios tributarios o administrativos que podrán otorgarse por períodos anuales, renovables, por un plazo máximo de tres (3) años a las PyMEs que se instalen o que por alguna variable se certifique que aumenta su capacidad productiva, su planta de personal o algún otro factor de crecimiento en nuestro Partido y que a criterio del Departamento Ejecutivo sea considerada de interés para el Partido de Luján.
Que han tomado intervención y prestado su conformidad las distintas áreas con competencia, en cuanto al otorgamiento de los beneficios establecidos en las normas citadas precedentemente, respecto de la Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias y de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC
Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 107º de la Ley Orgánica Municipal (Decreto Ley Nº6769/58)
POR ELLO:
El INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°. - Exímase a la firma BABASAL SRL CUIT N° 30-71405671-5, con domicilio en Avda. Flandes N°1272, de la Localidad de J.M. Jáuregui, Partido de Luján, del pago del Cincuenta por ciento (50%) del pago correspondiente a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el periodo del mes de enero a junio del ejercicio fiscal 2025.
Artículo 2°. -Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.