Boletines/Lujan
Decreto Nº 584
Lujan, 08/04/2025
SUBSIDIO ZARLENGA MILAGROS DANIELA - EX-2025-00040379- -MUNILUJAN-SDH
Visto
El EX-2025-00040379- -MUNILUJAN-SDH, mediante el cual se solicita una ayuda económica para la Sra. Zarlenga, Milagros Daniela con D.N.I. N° 44.337.085 y;
Considerando
Que del análisis de la situación y de las conclusiones de la encuesta socioeconómica practicada surge la necesidad de acudir en ayuda de la peticionante y asistirla con recursos a fin de solventar el gasto por el pago del alquiler de su vivienda;
Que el mencionado gasto no se encuentra dentro de su alcance;
Que a orden N° 09, en la PV-2025-00046501-MUNILUJAN-CM#SEF, la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto;
Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la secretaría, Subsecretaría y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149- -MUNILUJAN-SGPC.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordante del Decretos Ley Nº 6769/58.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Otórguese a favor de la Sra. Zarlenga, Milagros Daniela con D.N.I. N° 44.337.085, con domicilio en Pasteur y Dr. Luppi, de esta ciudad, un subsidio para solventar el gasto por el pago del alquiler de su vivienda, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00-) por el mes de abril, en concepto de ayuda económica, a los efectos detallados en los considerandos precedentemente enunciados.
Artículo 2º.- El gasto que demande lo dispuesto por el artículo anterior será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
25.- Secretaría de Desarrollo Humano.
43.01.- Abordaje Territorial.
110.- Tesoro Municipal.
5.1.4.01.- Ayudas Sociales a Personas.
Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.