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Decreto Nº580

Decreto Nº 580

Lujan, 08/04/2025

SUBSIDIO Clarensio Mariana Paola - EX-2025-00014900- -MUNILUJAN-SDH

Visto

: El EX-2025-00014900- -MUNILUJAN-SDH, mediante el cual se solicita una ayuda económica para la Sra. Clarensio Mariana Paola con D.N.I. N° 33.784.731 y;

Considerando

Que del análisis de la situación y de las conclusiones de la encuesta socioeconómica practicada surge la necesidad de acudir en ayuda de la peticionante y asistirla con recursos a fin de solventar el gasto por el pago del alquiler de su vivienda;

Que el mencionado gasto no se encuentra dentro de su alcance;

Que a orden N° 40, en la PV-2025-00046504-MUNILUJAN-CM#SEF, la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto;

Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149- MUNILUJAN-SGPC.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordante del Decretos Ley Nº 6769/58.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Otórguese a favor del Sra. Clarensio Mariana Paola con D.N.I. N° 33.784.731, con domicilio en Mario Bravo y Jorge Newbery, de esta ciudad, un subsidio para solventar el gasto por el pago del alquiler de su vivienda, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00-) pagaderos en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Cien Mil ($100.000,00-)cada una por los meses de abril, mayo y junio de 2025, en concepto de ayuda económica, a los efectos detallados en los considerandos precedentemente enunciados.

Artículo 2º.- El gasto que demande lo dispuesto por el artículo anterior será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

45.01.- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.

131.- De Origen Municipal.

5.1.4.01- Ayudas Sociales a personas.

Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.