Boletines/Lujan
Decreto Nº 563
Lujan, 07/04/2025
EX-2025-00021916- -MUNILUJAN-DRH#SGPC - Recategorización Albeger Miguel Raúl
Visto
el expediente EX-2025-00021916- -MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que tramitan la recategorización del agente Miguel Raúl Albiger; y
Considerando
Que en orden Nº02, se incorpora mediante informe gráfico Nº IF-2025-00023006-MUNILUJANDRH#SGPC, nota del agente Albiger, por la cual solicita su recategorización.
Que en orden Nº 03, la Directora de Bromatología, toma conocimiento de lo solicitado por el agente Albiger.
Que en orden Nº 04, el Secretario de Salud, presta conformidad a la recategorización requerida, solicitando que la misma sea dentro del Régimen Especial de Agrupamiento Personal de Salud, bajo la categoría Profesional de Salud, asignando de bonificación por asistencia integral.
Que en orden Nº 05, el Director de Recursos Humanos, toma conocimiento de lo requerido, y solicita que se incorpore matrícula profesional vigente del agente Albiger.
Que en orden Nº 08, se incorpora mediante informe gráfico Nº IF-2025-00023812-MUNILUJANDBSA#SS, Matricula Provincial del Colegio de Veterinarios de la Provincia de Bs. As., N°3585, Distrito 9, perteneciente al agente Miguel Raúl Albiger, de profesión Médico Veterinario.
Que en orden Nº14, el Departamento de Personal efectúa informe de situación de revista incorporado al documento identificado como IF-2025-00026683-MUNILUJAN-DRH#SGPC, del agente Miguel Raúl Albiger, en el cual informa que el mismo ingresó a la comuna el 01 de mayo de 2008, revistiendo en la planta permanente como personal profesional clase I de 30 hs. semanales, desempeñando funciones en la Dirección de Bromatología, percibiendo en sus haberes bonificación por título del 20%, bonificación por disposición permanente del 50% y bonificación por tareas penosas, riesgosas o insalubres del 15% del sueldo básico.
Que en orden Nº 17, el Director de Recursos Humanos informa que el agente Albiger, de profesión Médico Veterinario, con Matrícula del Colegio de Veterinarios de la PBA Nº 3585, Distrito 9, corresponde efectuar la recategorización como Personal de Salud - Profesional de Salud de 36 hs. señales, régimen especial aprobado por Decreto Nº DECTO-2024-1964-E-MUNILUJAN-INT, asignando de la bonificación por Asistencia Integral del 50% según lo establecido en el artículo 22 de la Ordenanza N°8725, reglamentada por Decreto N°DECTO-2025-14-E-MUNILUJAN-INT.
Que en orden Nº 20, la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana, toma conocimiento de lo solicitado.
Que en orden Nº 22, el Jefe de Gabinete, presta conformidad en referencia a la recategorización del agente municipal Albiger.
Que en orden Nº 24, el Secretario de Economía y Finanzas, presta conformidad a lo requerido.
Que en orden Nº 26, toma vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal, mediante providencia Nº PV-2025-00043349-MUNILUJAN-CM#SEF.
Que, conforme a lo indicado en los considerandos anteriores, corresponde efectuar la recategorizacion del agente Miguel Raúl Albiger, como personal profesional de salud de 36 hs. semanales, asignándole la bonificación por asistencia integral del 50%, establecida en el artículo 22º de la Ordenanza Nº 8725, limitando las bonificaciones por título del 20%, tareas penosas, riesgosas e insalubres del 15% y disposición permanente del 50% del sueldo básico, todo ello a partir del 01 de abril del 2025.
Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y artículo 66º de la Ley Nº 14.656.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Autorizase la recategorizacion del agente municipal de planta permanente, que a continuación se detalla y que presta servicios en la Dirección de Bromatología, dependiente de la Secretaría de Salud, a partir del 1° de abril de 2025:
PERSONAL PROFESIONAL DE SALUD DE 36 HS. SEMANALES
ALBIGER, Miguel Raúl, legajo Nº 5246, Médico Veterinario, Matrícula del Colegio de Veterinarios de la PBA Nº 3585, Distrito 9
Artículo 2º.- Limítese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO del 20%, la BONIFICACION POR DISPOSICION PERMANENTE DEL 50%, y la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOAS E INSALUBRES DEL 15%, al agente municipal de planta permanente, Miguel Raúl ALBIGER, legajo Nº 5246, a partir del 1° de abril de 2025.
Artículo 3°. - Asignase la BONIFICACIÓN POR ASISTENCIA INTEGRAL DEL 50% del sueldo básico al agente municipal de planta permanente que a continuación se detalla y que presta servicios en la Dirección Bromatología, dependiente de la Secretaria de Salud, conforme artículo 22 de la Ordenanza N °8725 y Decreto N°14/2025 identificado como DECTO-2025-14-E-MUNILUJAN-INT, a partir del 1° de abril de 2025:
PERSONAL PROFESIONAL DE SALUD DE 36 HS. SEMANALES
ALBIGER, Miguel Raúl, legajo Nº 5246,
Médico Veterinario, Matrícula del Colegio de Veterinarios de la PBA Nº 3585, Distrito 9
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículos 1º y 3º, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
16.- Secretaria de Salud.
40.- Bromatología y Sanidad Animal.
1.1.0.- Tesoro Municipal.
1.- Gastos en Personal.
1.- Personal Permanente.
1.- Retribuciones del Cargo.
Artículo 5º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.